¿Qué jubilados pueden solicitar la ayuda por hijos?

Preguntado por: César Girón  |  Última actualización: 4 de mayo de 2025
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¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo? El actual complemento de brecha de género es una ayuda por hijos a pensionistas que tienen reconocida una pensión contributiva de viudedad, incapacidad permanente o jubilación.

¿Qué jubilados pueden cobrar el complemento por hijos?

En resumidas cuentas, serán beneficiarias aquellas personas, tanto hombres como mujeres, que reciban una pensión contributiva de jubilación -salvo la jubilación parcial, de incapacidad permanente o de viudedad- a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas.

¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo en 2025?

Tienen derecho al complemento por hijo en la jubilación aquellos pensionistas que hayan tenido al menos un hijo y que reciban una pensión contributiva de jubilación (excepto jubilación parcial), incapacidad permanente o viudedad.

¿Qué pensionistas pueden pedir el complemento por hijo 2016?

Pueden solicitarlo los padres beneficiarios de una pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad de carácter contributivo. Para tener derecho a este complemento, se exige que la pensión esté reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho al complemento de paternidad en mi pensión?

Ser padre: al menos de 2 hijos naturales o adoptivos con anterioridad al acceso a la pensión. No es relevante la edad de los hijos. Ser pensionista: haber accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 enero de 2016 y el 3 febrero de 2021.

PENSIONES ➡️ COMPLEMENTO por MATERNIDAD o PATERNIDAD (brecha de género en la pensión)

21 preguntas relacionadas encontradas

¿Qué jubilados no pueden cobrar el complemento por hijo?

Los jubilados que no podrán cobrar el complemento de la pensión son aquellos que se encuentren residiendo en otro país o estén fuera de España por más de 90 días. En caso de que el beneficiario no cumpla con este requisito, la pérdida del derecho de cobro tendrá efecto inmediato a partir del día 1 del mes siguiente.

¿Quién no tiene derecho al complemento de paternidad?

¿Quiénes pueden ser rechazados? Según el BOE, hay padres a los que se les puede negar el derecho al complemento por paternidad. Es el caso de quienes hayan sido privados de su patria potestad o de aquellos que hayan sido condenados por violencia contra la mujer y/o los hijos.

¿Cómo puedo saber si tengo derecho al complemento de brecha de género?

Tal y como hemos dicho, pueden acceder al complemento por brecha de género, mujeres y hombres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, de incapacidad permanente o viudedad a partir del 04 de febrero de 2021, y que hayan tenido 1 o más hijos.

¿Qué pensionistas tienen derecho al complemento a mínimos?

Tienes derecho a esta prestación si: Actualmente eres pensionista de la Seguridad Social y el importe de tu pensión es inferior al mínimo establecido. Tus ingresos anuales son inferiores al umbral determinado por ley para cada situación. Resides legalmente en España.

¿Cuándo prescribe el complemento de paternidad?

El derecho al complemento de paternidad ya no prescribe. Este complemento se puede solicitar aunque hayan transcurrido más de cinco años desde que se generó el derecho a él.

¿Cómo solicitar el complemento por hijo para pensionistas?

- Si dispones de Cl@ve, DNI electrónico o certificado digital, podrás realizar la solicitud desde el portal 'Tu Seguridad Social'. - También puedes solicitarlo a través de la plataforma habilitada por el INSS para solicitud y trámites de prestaciones de la Seguridad Social.

¿Cuántos años te dan por cada hijo para la jubilación?

La ley reconoce el esfuerzo de las madres con una bonificación por cotización para la jubilación, es decir, se añadirán 9 meses de cotización por cada hijo y puedes recibir un incremento económico en tu pensión de jubilación.

¿Qué requisitos necesito para cobrar el complemento de paternidad?

¿Quién puede solicitar el complemento de paternidad?
  1. Debes estar cobrando una pensión contributiva. ...
  2. Debes tener al menos un hijo. ...
  3. Debes demostrar un perjuicio en tu carrera profesional. ...
  4. No puede solicitarlo la madre del mismo hijo si ya lo ha recibido. ...
  5. Reclamación ante la Seguridad Social. ...
  6. Recurso judicial.

¿Qué padres podrán reclamar el complemento de maternidad a las pensiones?

¿A quién beneficia? Es un complemento que solo puede darse a uno de los dos progenito- res. En principio, va dirigido a las mujeres, que sufren más en su vida labo- ral el impacto de tener un hijo, pero pueden solicitarlo también los padres siempre y cuando se hayan visto más perjudicados en la carre- ra laboral.

¿Cómo pedir el complemento de brecha de género si ya estoy jubilado?

Debe pedir cita previa en los teléfonos 901 16 65 65 o al 91 542 11 76. En la plataforma de trámites de pensiones de la Seguridad Social, donde puede pedir tanto la pensión como el complemento adjuntando los formularios correspondientes, que puede encontrar en esta página.

¿Cuánto se cobra por complemento por hijo?

Conforme se refleja en Real Decreto-ley 1/2025, de 28 de enero, por este complemento se cobra en 2025 una cantidad fija de 35,90 € al mes por hijo (502,60 € al año). Incluido el primero y hasta un máximo de cuatro. Se abona en 14 pagas.

¿Qué jubilados no podrán cobrar el complemento de la pensión?

No podrán solicitar este complemento aquéllos que hayan obtenido la pensión antes del 1 de enero de 2016 o después del 3 de febrero de 2021, tampoco los que se hayan jubilado por su propia voluntad o, tampoco, los que tengan una jubilación parcial.

¿Cuál es la pensión mínima en 2025 para jubilados sin cónyuge a cargo?

En 2025, la pensión mínima contributiva de jubilación para mayores de 65 años se establece en 12.241,60 euros para jubilados de 65 años o más sin cónyuge a cargo y 15.786,40 euros para quienes sí lo tienen.

¿Cómo saber si tengo derecho al complemento a mínimos?

¿Quién tiene derecho al complemento a mínimos?
  1. Ser beneficiario de una pensión contributiva.
  2. No percibir ingresos que superen el límite establecido legalmente, ya sean rendimientos del trabajo, del capital, actividades económicas o ganancias patrimoniales.
  3. Tener residencia en España.

¿Qué pensionistas tienen derecho al complemento por hijos?

Beneficiarios. Las mujeres y los hombres que sean personas beneficiarias de una pensión contributiva de jubilación (salvo la jubilación parcial), de incapacidad permanente o de viudedad a partir del 4 de febrero de 2021 y que hayan tenido uno o más hijos o hijas.

¿Quién cobra los 30 euros por hijo?

Podrán beneficiarse de los 30 euros extra mensuales aquellos pensionistas que: Sean beneficiarios de una pensión contributiva (jubilación, incapacidad o viudedad). Hayan tenido uno o más hijos, biológicos o adoptados. Cumplan con los requisitos de solicitud establecidos por la Seguridad Social.

¿Qué es el complemento por brecha de género en las pensiones?

Este complemento se concede al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo o hija. Pero si los dos progenitores acreditan el perjuicio o si ninguno de los dos lo hace, el derecho se le reconocerá a la madre, contribuyendo así a la reducción de la brecha de género.

¿Cuánto te dan por cada hijo cuando te jubilas?

En España, tener hijos puede aumentar la pensión de jubilación. Las mujeres con hijos reciben un complemento de hasta el 15% en su pensión, según el número de hijos. Además, se reconocen hasta cinco años de cotización por el cuidado de hijos, contabilizando 270 días por cada hijo.

¿Cuánto es la ayuda por hijo para jubilados?

La cuantía del complemento se fija con los presupuestos generales del Estado de cada año. El importe es de 30,40 euros mensuales por cada hijo o hija, con el límite de cuatro veces dicho importe. Por lo que puede ser de un máximo de 121,60 euros mensuales que se añadirían a la pensión.

¿Cuándo se pierde el complemento a mínimos de la pensión?

Los complementos por mínimos serán incompatibles con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en el IRPF, cuando dichas rentas excedan de 9.193 euros al año (importe para ...

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