¿Qué juez conoce del proceso monitorio?

Preguntado por: Dr. Aaron Cuesta  |  Última actualización: 18 de abril de 2022
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El artículo 813 de la LEC establece que “será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juez de 1ª Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fuere conocido el del lugar en que el deudor pueda ser hallado a efectos de requerimiento de pago por el tribunal…

¿Quién es el juez competente para conocer del proceso monitorio?

Según las reglas de los artículos 25 y siguientes del CGP, el juez competente en los procesos monitorios en razón a que los mismos solo proceden para procesos de mínima cuantía, en aplicación del factor objetivo por cuantía y territorial, es el juez civil municipal del domicilio del demandado o el lugar del ...

¿Dónde se presenta proceso monitorio?

¿Ante quién se ha de presentar la solicitud? La solicitud inicial del procedimiento monitorio ha de presentarse ante el Decanato o Servicio Común de Registro y Reparto del domicilio o residencia del demandado, quien lo remitirá al Juzgado de Primera Instancia que por turno corresponda.

¿Quién puede presentar demanda de proceso monitorio?

Podrá acudir al proceso monitorio quien pretenda de otro el pago de deuda dineraria de cualquier importe, líquida, determinada, vencida y exigible, cuando la deuda se acredite de alguna de las formas siguientes: 1.

¿Quién resuelve un monitorio?

1ª. - La Ley dice que será exclusivamente competente para el proceso monitorio el Juzgado de Primera Instancia del domicilio o residencia del deudor o, si no fueren conocidos, el del lugar en que el deudor pudiera ser hallado a efectos del requerimiento de pago por el Tribunal.

Procedimiento o Juicio MONITORIO

16 preguntas relacionadas encontradas

¿Cuándo es necesario abogado y procurador en un monitorio?

Es importante tener en cuenta que, en el juicio verbal, será obligatorio acudir asistido por abogado y procurador si la cuantía es mayor a 2.000 euros y, en el juicio ordinario, en todo caso con independencia de la cuantía.

¿Quién paga las costas de un proceso monitorio?

El deudor deberá pagar las costas a la Comunidad en un juicio monitorio aunque pague la deuda reclamada antes de ser requerido por el Juzgado.

¿Cuándo procede el proceso monitorio?

Características y requisitos del proceso monitorio.

«Quien pretenda el pago de una obligación en dinero, de naturaleza contractual, determinada y exigible que sea de mínima cuantía, podrá promover proceso monitorio con sujeción a las disposiciones de este Capítulo.»

¿Qué es una demanda de proceso monitorio?

Se trata de un proceso que está destinado esencialmente para exigir deudas dinerarias de cualquier tipo, siempre que sean vencidas, exigibles, determinadas y liquidas, es de especial rapidez ya que no necesita un juicio previo.

¿Cómo inicia el procedimiento monitorio?

¿Para qué casos es procedente el procedimiento monitorio?
  1. Mediante documento en que coste la deuda y aparezca firmado por el deudor y/o con su sello impronta o marca personal;
  2. Mediante facturas o documentos que aparezcan firmados por el deudor o comprobantes de entrega que comprueben la existencia de créditos o deudas.

¿Cuánto cuesta un proceso monitorio?

Las tasas para un procedimiento ordinario son de 300 euros como cantidad fija y el 0,1% para las personas físicas y el 0,50% para las jurídicas en concepto de cantidad variable.

¿Dónde se demanda al deudor?

La demanda deberá presentarse ante el juez civil del lugar donde vive la persona que le debe. Una vez haya presentado la demanda, y si el juez considera que se cumplen los requisitos, ordenará al deudor incumplido pagar lo que se debe, en determinado plazo.

¿Qué es un proceso monitorio en Costa Rica?

Mediante el proceso monitorio se tramitará el cobro de obligaciones dinerarias, líquidas y exigibles, fundadas en documentos públicos o privados, con fuerza ejecutiva o sin ella. Su conocimiento corresponde a los juzgados civiles especializados en el cobro de obligaciones dinerarias, sin importar la cuantía.

¿Cómo se determina la competencia objetiva?

COMPETENCIA OBJETIVA: Sirve para determinar a qué grado corresponde el conocimiento de un asunto en primera instancia. Hay que tener en mente dos criterios: la materia y la cuantía. La competencia objetiva por razón de la materia se establece en la ley de modo casuístico.

¿Cuánto tiempo tarda en resolverse un proceso monitorio?

No obstante, la media para resolver un proceso monitorio es de unos 7 meses aproximadamente. Cuando se localiza al demandado, se le dará un plazo de 20 días (naturales) para que pueda, si quiere contestar a la demanda.

¿Que me pueden embargar en un juicio monitorio?

Intereses, rentas y frutos de toda especie. Bienes muebles, acciones, títulos o valores que no admiten cotización oficial y participaciones sociales. Bienes inmuebles. Sueldos, salarios, pensiones e ingresos procedentes de actividades profesionales.

¿Cuánto tardan en embargar después de un monitorio?

¿Cuánto tardan en embargar en un juicio monitorio? Tardan un mínimo de 40 días. Inicialmente, si la deuda queda acreditada en el juicio monitorio, el juez te declarará culpable y habrán de esperar 20 días hábiles para que la sentencia sea firme.

¿Qué pasa si no pago un proceso monitorio?

No pagar. En este caso, se inicia la ejecución forzosa de todos los bienes. Es decir, la deuda se ha convertido en ejecutable y, por lo tanto, se pueden embargar bienes para cubrir el cobro de la deuda. Al no pagar, la entidad o persona que reclama la deuda embargará algunos de tus bienes para cobrarse la deuda.

¿Qué sucede si no se recoge monitorio?

En este caso, no recoger la notificación hará que el procedimiento se archive. Hay que tener en cuenta que si el domicilio está localizado es bastante probable que el juzgado acabe encontrándote de alguna manera.

¿Cuánto valen las costas de un juicio verbal?

Cuánto es el importe de las tasas del juicio verbal:

La CANTIDAD VARIABLE dependerá de la cuantía del procedimiento, es decir de lo que estemos reclamando. Sobre esta cuantía, las personas FISICAS pagarán el 0,10% de la cuantía del pleito, y las personas JURÍDICAS el 0,50%.

¿Cuando no se necesita abogado ni procurador?

Con la reforma de la LEC (7.10.2015), no es obligatoria la intervención del abogado cuando el juicio verbal sea por razón de la cuantía y ésta no supere los 2.000 euros. Cuando el juicio verbal sea por razón de la materia, aunque sea inferior a 2.000 euros, es obligatoria su intervención.

¿Cuándo hay que ir con procurador?

Salvo excepciones, el procurador es obligatorio en todos los procedimientos de la jurisdicción civil. Cuando nos encontramos en un Juicio Verbal cuya cuantía a reclamar sea inferior a 2.000 euros no será obligatorio el procurador. Otra excepción es, por ejemplo, la solicitud de adopción de medidas cautelares urgentes.

¿Cuándo es necesaria la intervención de procurador?

En el ámbito civil es preceptivo contratar un procurador en todos los procedimientos, salvo en los casos siguientes: Juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2.000 euros. En la petición inicial de los procedimientos monitorios.

¿Qué es una resolución Intimatoria?

¿Qué es la Resolución Intimatoria en el Proceso de Cobro Judicial? Es la resolución inicial en la que el juez admite la demanda del acreedor y le da plazo al demandado para que se oponga. Si el demandado no se opone con justa causa queda en firme la deuda y los embargos para proceder.

¿Cuánto dura el proceso de cobro judicial en Costa Rica?

En el momento en que le llega una notificación de cobro judicial actúe, no se esconda. Hay un plazo de cinco días para contestar esa demanda, de lo contrario adquiere carácter de sentencia y significa que el deudor tomó como cierto lo que dice el acreedor.

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