¿Cómo asegurar a mi pareja sin estar casados en Panamá?

Preguntado por: Hugo Tamayo  |  Última actualización: 10 de abril de 2022
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Cédula original de ambos. Tres (3) declaraciones Extrajuicio rendidas ante la Corregiduría, Notaria, Juez Municipal o Circuito o Juzgado de Familia, del Domicilio del cotizante que compruebe la convivencia. Certificado de soltería de ambos, expedido por el registro civil con fecha de expedición no mayor de (60) días.

¿Cómo asegurar a mi pareja sin estar casados?

El trámite se puede realizar de manera presencial o en línea. Para hacerlo presencialmente, es necesario que te presentes con tu pareja en la Unidad de Medicina Familiar que te corresponda con los siguientes documentos: Clave única de registro de población (CURP) original. Datos del solicitante o representante legal.

¿Cómo inscribir a mi conviviente en el seguro?

Afiliación de Cónyuge
  • El Formulario N° 1010 - Formulario Único de Registro correctamente lleno sin borrones ni tachaduras.
  • Tu DNI y el de tu cónyuge.
  • Copia de acta o partida de matrimonio civil emitido con antigüedad no mayor a 3 meses.

¿Cómo asegurar a mi pareja en Panamá?

Afiliación de esposa

Cédula de identidad personal del esposo. Cédula de identidad personal de la esposa. Fecha de comprobación de cuota o talonario de cheque del esposo. Certificado de matrimonio expedido por el Registro Civil, con fecha de vigencia, no mayor de seis meses.

¿Cómo asegurar a mi pareja en el ISSS en línea?

El trámite se realiza en la sección de Afiliación y Aseguramiento en las oficinas Administrativas del ISSS. Documentos originales a presentar: Certificación de Partida de Matrimonio original (se obtiene en la alcaldía). Este documento se retiene y es archivado en el expediente.

EsSalud: asegura a tu esposo o conviviente en el seguro social siguiendo estos pasos

27 preguntas relacionadas encontradas

¿Qué necesito para asegurar a mi pareja?

¿Cómo se hace el trámite?
  1. Clave única de registro de población (CURP) original.
  2. Datos del solicitante o representante legal.
  3. Identificación oficial vigente original.
  4. Documento donde conste el número de seguridad social (NSS) original.
  5. Copia certificada del acta de nacimiento original.

¿Cómo inscribir derechohabientes en Essalud?

Registro de los Derechohabientes en ESSALUD
  1. 3 Copias de DNI del Titular.
  2. 3 Copias de DNI del Cónyuge.
  3. 3 Copias de la Boleta de Pago.
  4. 3 Copias de la Declaración Jurada de Cónyuge.
  5. 3 Copias del Acta o partida de Matrimonio Civil.

¿Cómo asegurar a mi pareja gestante en Essalud?

Formulario N° 1010 - Formulario Único de Registro correctamente lleno y sin borrones. Tu documento de identidad y el de la gestante de tu hijo extramatrimonial. Copia de Escritura Pública o del Testamento del asegurado titular que acredite reconocimiento del concebido o de la Sentencia de Declaratoria de Paternidad.

¿Cómo se comprueba el concubinato ante el IMSS?

Concubina(o):
  1. Identificación oficial (Referencia Nota 1)
  2. Número de Seguridad Social.
  3. CURP.
  4. Fotografía Infantil.
  5. Comprobante de domicilio (Referencia Nota 2)
  6. Acta de nacimiento (en caso de existir hijos en común).

¿Qué se necesita para comprobar el concubinato?

Para obtener la constancia de concubinato, será necesario presentar un escrito en el que bajo protesta de decir verdad, los solicitantes manifiesten:
  1. Que viven juntos.
  2. Que no han contraído matrimonio anteriormente.
  3. El tiempo que llevan viviendo juntos.
  4. El domicilio donde viven juntos.

¿Cómo asegurar a mi pareja embarazada en EsSalud 2022?

Para proceder con la afiliación de tu esposo, en principio se debe completar, sin borrones ni tachaduras, el Formulario N° 1010, que es el formulario único de registro para realizar la inscripción.

¿Cómo asegurar a una madre gestante en EsSalud?

ALTA en el registro: Presentar: Formulario N° 1010, llenado y firmado por el asegurado titular. Copia simple legible de la escritura pública o del testamento del asegurado titular que acredite reconocimiento del concebido o de la sentencia de declaratoria de paternidad.

¿Cómo asegurar a una madre gestante?

Existen dos formas para registrar como derechohabiente a una madre gestante.
...
Registro de una Madre Gestante
  1. Escritura Pública.
  2. Sentencia Declaratoria de Paternidad.
  3. Testamento.

¿Cómo afiliar al Seguro Social a mi hijo?

Hazlo en 2 pasos:
  1. 1 Registro: Entrégale los documentos que son requisito a tu empleador, pues él se encargará de afiliar a tu hijo/hija menor de edad. ...
  2. 2 Usa tu seguro: Tú y tus familiares que estén afiliados al Seguro Regular +SEGURO podrán hacer uso de tu cobertura después de tres meses de aportes.

¿Cuántos años de convivencia se necesita para concubinato?

No pueden estar casados ni tener registrada otra unión convivencial al mismo tiempo. La relación tiene que ser pública, notoria, estable y permanente. Tiene que tener una duración mínima de 2 años de convivencia.

¿Cómo se hace para que la pareja goce del seguro social en Costa Rica?

Para procesar su solicitud en línea, debe ingresar a la página web de la CCSS. Ingrese en la pestaña “Trámites”, ubicada en la parte superior, a la derecha. Luego, ingrese a “Aseguramiento”; allí encontrará una lista de posibles gestiones de aseguramiento, donde encontrará la opción “Protección Familiar”.

¿Cuando EsSalud cubre el parto?

Cubre gastos de maternidad como: cuidado de la gestante, atención del parto y atención a la gestante hasta después hasta 42 días del parto y cuidado del recién nacido. En caso de tener un accidente, tú y tu familia podrán atenderse desde el primer mes de aportes.

¿Cuánto cuesta un juicio de concubinato?

El costo del trámite es de $12,000.00 los cuales se cubren en cuatro pagos: $3,000.00 al inicio, $3,000.00 cuando se dejan los papeles, $3,000.00 en cuanto se realice la audiencia correspondiente y $3,000.00 cuando se le entreguen las copias certificadas de la resolución dictada por el juez.

¿Qué dice el nuevo Código Civil sobre el concubinato?

Artículo 1635. La concubina y el concubinario tienen derecho a heredarse recíprocamente, aplicándose las disposiciones relativas a la sucesión del cónyuge, siempre que hayan vivido juntos como si fueran cónyuges durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o cuando hayan tenido hijos en común.

¿Que le corresponde a la concubina en caso de fallecimiento?

- La concubina o concubinario sí pueden reclamar la pensión por viudez, ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), por parte de un asegurado o asegurada o pensionado ante este instituto. Sin embargo, si existen dos o más esposas, esposos, concubinas o concubinario, nadie tendrá derecho a la pensión.

¿Quién tiene derecho a la pension la esposa o la concubina?

Sólo a falta de esposa tendrá derecho a recibir la pensión la mujer con quien el asegurado vivió como si fuera su marido durante los cinco años que precedieron inmediatamente a su muerte o con la que tuvo hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato.

¿Qué porcentaje de pensión le corresponde a la esposa?

15% por esposa o concubina. 10% por cada uno de los hijos menores de dieciseis años.

¿Cuántos años debe estar con su pareja para recibir la pensión?

La pareja debe haber cumplido 5 años de matrimonio o convivencia permanente antes de los 55 años de edad.

¿Cuáles son los derechos de una concubina?

La concubina y el concubinario tienen derechos y obligaciones recíprocos: alimentarios y sucesorios, independientemente de los demás reco- nocidos en las leyes. Rigen todos los derechos y obligaciones inherentes a la familia, en lo que le fueren aplicables.

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