¿Quiénes no están obligados a presentar el modelo 347?
Preguntado por: Pedro Soria Hijo | Última actualización: 29 de abril de 2025Puntuación: 4.3/5 (43 valoraciones)
Exentos de presentar el Modelo 347 de operaciones con terceros. Los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad no se encuentre en España. Quienes hayan realizado operaciones con terceros por un cómputo inferior a 3.005,06 euros anuales.
¿Quiénes no tienen que presentar el Modelo 347?
Quedan exentos de esta obligación aquellos que cumplan con alguna de las siguientes condiciones: Los autónomos que estén inscritos en el REDEME o en el Suministro Inmediato de Información (SII), ya que sus operaciones se reportan automáticamente a la Agencia Tributaria.
¿Qué pasa si no declaro un proveedor en el 347?
La Agencia Tributaria considera la presentación tardía una infracción tributaria que puede derivar en una multa fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos que debías declarar, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
¿Qué empresas presentan el modelo 347?
El modelo 347 tienen que presentarlo todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), públicas y privadas, que hayan facturado a lo largo del año a un cliente en España operaciones que sumen un total superior a los 3.005,06 euros anuales, sin tener en cuenta las retenciones.
¿Quién tiene la obligación de presentar el modelo 347 para la estimación objetiva?
Las personas en estimación objetiva están exentas de presentar el modelo 347, salvo por las operaciones por las que emitan factura.
👍➡️ Modelo 347 - ¿Cómo rellenarlo? ¿Qué es? [ AUTÓNOMOS y PYMES ] Paso a paso [2024]
¿Quién puede tributar por estimación objetiva?
Puedes aplicar el método de estimación objetiva siempre que: La actividad que realizas esté incluida en la Orden que desarrolla este régimen. No hayas renunciado a su aplicación. No haya incompatibilidades con los otros métodos de determinación del rendimiento.
¿Qué operaciones hay que declarar en el modelo 347?
- Subvenciones y ayudas no reembolsables.
- Operaciones de entidades aseguradoras.
- Anticipos de clientes y proveedores.
- Arrendamientos no sujetos a retención.
¿Cuándo tenemos que declarar el modelo 347?
El plazo de presentación del modelo 347 comienza el 1 de febrero de 2025 y se extiende durante todo el mes, hasta el día 28.
¿Qué comunidades de propietarios están obligadas a presentar el modelo 347?
¿Están obligadas las comunidades de propietarios a presentarlo? Sí, las comunidades de propietarios deben presentar el Modelo 347 cuando realicen adquisiciones de bienes y servicios que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros con un mismo proveedor durante el año.
¿Cuáles son las sanciones por errores o incumplimientos en el Modelo 347?
Sanciones por errores o incumplimientos en el Modelo 347
Según el Artículo 198 de la Ley General Tributaria, las multas pueden oscilar entre 300 y 20.000 euros, calculándose a razón de 20 euros por cada dato o conjunto de datos incorrectos o no declarados.
¿Cuándo no se está obligado a presentar la informativa de clientes y proveedores?
Si el contribuyente emite sus comprobantes fiscales digitales a través de la página de Internet del SAT, es decir, emite CFDI tampoco está obligado a presentar esta declaración de clientes y proveedores.
¿Qué significa el error 347 en el modelo 347?
Este aviso indica que en el fichero existen caracteres que la Agencia Tributaria no considera válidos. Por ejemplo, el caracter tilde por sí solo, sin una vocal. Revise todos los Declarados, buscando caracteres "raros", y elimínelos o sustitúyalos por otros.
¿Quién debe presentar el modelo 347 para el recargo de equivalencia?
Estarán obligados a presentar el modelo 347 los que tributen por el régimen especial de recargo de equivalencia si superan la cantidad de 3.005,06€ en el ejercicio fiscal con algún cliente o proveedor. En caso de no superar los 3.005,06€ con ningún cliente o proveedor, no deberán presentarlo.
¿Cuál es la sanción por no presentar el modelo 347?
Según el artículo 198 de la Ley General Tributaria, puede ser sancionado con una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
¿Qué proveedores se deben declarar en el modelo 347?
El modelo 347 es una declaración anual donde se recogen todas tus operaciones con clientes y proveedores que superen los 3.005,06 euros durante el año, IVA incluido.
¿Cómo tributan las comunidades de bienes?
La comunidad de bienes no pagará impuestos en el IRPF, ya que carece de personalidad jurídica, pero sí que lo harán los comuneros. Esto no quiere decir que la propia sociedad no tenga obligaciones respecto al IRPF, especialmente cuando contrata servicios.
¿Cuándo una comunidad de propietarios tiene que presentar el modelo 184?
¿Cuándo están obligadas las comunidades a declarar el 184? Cuando la atribución de rentas sean superiores a 3.000,00€ anuales. ¿Plazo de Presentación? Hasta el 30 de Enero.
¿Qué significa comunidad de propietarios?
La comunidad de propietarios es la entidad compuesta por todos los vecinos, propietarios de pisos y locales integrantes de un edificio, y viviendas unifamiliares con zonas comunes, que gestiona sus derechos y deberes.
¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?
¿Quién está obligado a presentar el modelo 347? El modelo 347 deben presentarlo autónomos y empresas que hayan facturado, sin aplicar retenciones de IRPF, operaciones con un cliente o proveedor que supere los 3.005,06 € al año.
¿Qué importe hay que poner en el 347?
Si la contraprestación total IVA incluido, es superior a 3005,06 euros, la operación debe declararse en el modelo 347.
¿Cómo presentar el modelo 347 de comunidades de propietarios?
Las comunidades de propietarios pueden presentar el modelo 347 mediante certificado digital en la página web de hacienda. También pueden presentarlo mediante SMS. Recomendamos siempre presentar este modelo mediante certificado digital porque es el modo más sencillo.
¿Qué alquileres se declaran en el 347?
¿Quién está obligado a informar sobe el alquiler en el modelo 347? Es importante tener en cuenta que esta obligación de informar sobre los alquileres en el Modelo 347 solo se aplica a los arrendamientos de bienes inmuebles urbanos, es decir, locales comerciales, naves industriales, oficinas, etc.
¿Qué intereses se declaran en el modelo 347?
Las cuotas de leasing y los intereses de préstamos son las operaciones financieras que has de declarar en el modelo 347. Eso sí, los préstamos recibidos se declararán si no son objeto de declaración por entidades de crédito en el modelo 181.
¿Qué significa "operaciones con terceros"?
Qué son las operaciones con terceras personas
La Agencia Tributaria reconoce a las operaciones con terceros como aquellas que, dentro del ámbito de las actividades económicas, se realizan entre autónomos o pymes y otra persona o entidad. Y sí, como todo, también se declaran.
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