¿Quién puede solicitar el prepara?

Preguntado por: Jan Salazar  |  Última actualización: 1 de mayo de 2022
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El Plan Prepara es una ayuda extraordinaria que se concede durante seis meses improrrogables a los trabajadores en desempleo que han agotado todas las prestaciones y subsidios. Al mismo tiempo facilita formación para intentar que puedan volver al mercado laboral.

¿Quién puede cobrar el Plan Prepara?

Requisitos generales

No haber cumplido la edad de jubilación. No tener ingresos superiores a los 723,75 euros al mes (76 % del SMI). Haber sido despedido en su último trabajo de forma involuntaria. No haber cobrado la prestación en el Programa de Activación para el Empleo.

¿Cómo conseguir la ayuda de 400 euros?

Para solicitar esta prestación es necesario presentar la solicitud dentro de los 15 días hábiles desde que comienza la situación de desempleo y podrá hacerse de forma electrónica en la página web del SEPE o en una oficina pidiendo cita previa.

¿Quién puede solicitar la ayuda de 400 euros?

Para ello, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene una prestación para las personas que tienen el paro agotado y que además cuentan con cargas familiares extra. Para ello deben ser los responsables principales del cónyuge o hijos menores de 26 años.

¿Quién puede solicitar el subsidio extraordinario por desempleo?

Las personas que, después de quedarse sin empleo, han agotado el derecho a todas las prestaciones de carácter contributivo o asistencial pueden cobrar el subsidio extraordinario por desempleo. Sus benefeciarios son los ciudadanos en "desempleo total" siempre que cumplan una serie de condiciones.

MODELO DE SOLICITUD 2019 - (FÁCIL Y RÁPIDO)

36 preguntas relacionadas encontradas

¿Quién puede solicitar la RAI?

Para optar a la RAI tienes que estar en alguna de estas condiciones: En situación de desempleo de larga duración y tener más de 45 años de edad. Emigrante que ha vuelto y es mayor de 45 años. Víctima de violencia género o doméstica.

¿Qué se necesita para cobrar la ayuda de 420 euros?

Haber agotado la prestación por desempleo de nivel contributivo. Tener responsabilidades familiares. Carecer de rentas, de cualquier naturaleza, superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de las dos pagas extraordinarias (cuantías para este año).

¿Qué ayudas puedo pedir si no tengo ingresos?

1. NUEVA ayuda de 430 euros para parados sin ingresos. El Gobierno estableció una nueva ayuda de 430 euros mensuales (pagaderos durante tres meses) para los parados sin ingreso alguno. Los primeros solicitantes empiezan a recibir esta prestación en este mes de enero.

¿Qué ayudas puedo pedir si no tengo paro?

Existen ocho tipos de subsidios por desempleo
  • El subsidio por cotización insuficiente. ...
  • La ayuda familiar. ...
  • El subsidio para mayores de 45 años. ...
  • El subsidio para mayores de 52 años (antes 55) ...
  • Subsidio para emigrantes retornados. ...
  • Subsidio para liberados de prisión. ...
  • Subsidio por revisión de una incapacidad.

¿Quién tiene derecho a percibir los 426 euros?

La RAI es para parados de larga duración mayores de 45 años; discapacitados con un grado de discapacidad igual o mayor del 33%; víctimas de violencia de género y emigrantes retornados. Esta ayuda, de 426 euros, se otorga por periodos de 11 meses prorrogables hasta tres veces (33 meses en total).

¿Cómo solicitar la ayuda de 430 euros para jóvenes desempleados?

Para solicitar la ayuda se debe presentar la solicitud en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) mediante cita previa, que se puede reservar por teléfono o por internet. El plazo máximo para presentar la solicitud es de quince días hábiles, siguientes al inicio del contrato para la formación y el aprendizaje.

¿Cómo solicitar ayuda 430 euros SEPE?

Cómo solicitar la ayuda de 430 euros

Esta ayuda se extiende a lo largo de tres mensualidades, y solo puede recibirse en una ocasión. Para pedirla por internet solamente hay que entrar en la web del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y rellenar el formulario solicitud de prestación.

¿Cómo solicitar la ayuda de 430 euros?

Cómo solicitar esta ayuda

El subsidio de 430 euros se puede solicitar vía online a través de la Sede Electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) o INEM. Igualmente, también se puede solicitar de forma presencial en cualquier oficina del INEM.

¿Cuánto se cobra en el Plan Prepara?

En el Prepara se concede una subvención de 2.400 o 2.700 euros por parado, que se cobra en 6 pagas de 400 o 450 euros mensuales, dependiendo de si hay o no responsabilidades familiares. Quien lo recibe asume el compromiso de tomar parte en cursos de formación y sesiones de orientación laboral.

¿Quién puede cobrar la ayuda de mayores de 55 años?

Esta ayuda se dirige a personas desempleadas de más de 55 años que carezcan de rentas propias o familiares de cualquier índole que no superen mensualmente el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (sin contar el porcentaje de las pagas extraordinarias), que en 2020 es de 950 euros mensuales.

¿Qué hay que hacer para solicitar el Plan Prepara?

Requisitos para cobrar el Plan Prepara
  1. Haber terminado de trabajar y encontrarse desempleado.
  2. Tener activa la inscripción en la demanda de empleo.
  3. Tener cargas familiares o encontrarse en situación de desempleado de larga duración.
  4. Haberse beneficiado previamente de una prestación por desempleo.

¿Qué puedo cobrar sí estoy sin trabajo?

¿Qué recibo con el seguro de desempleo?
  • Una suma de dinero mensual.
  • Asignaciones familiares.
  • Cobertura médica.
  • El tiempo durante el cual cobrás este seguro suma para tu jubilación.

¿Cómo saber si me corresponde alguna ayuda?

Lo primero que debes hacer es acceder a la sede del SEPE, al apartado del simulador. Puedes ir directamente pinchando aquí. Una vez dentro, se te darán dos opciones, y tienes que elegir entre si has finalizado tu contrato, o si has agotado tu prestación y quieres saber qué subsidio te corresponde ahora.

¿Qué prestacion puedo pedir?

  • La prestación contributiva.
  • Los subsidios ordinarios por desempleo. El subsidio por insuficiencia de cotización. La ayuda familiar. ...
  • Las ayudas extraordinarias (RAI y SUBSIDIO EXTRAORDINARIO SED) La Renta Activa de Inserción (RAI) ...
  • Las Rentas de Integración de las Comunidades Autónomas.
  • El Ingreso Mínimo Vital.

¿Qué tipos de ayudas sociales hay?

Tipos de ayuda social, ¿cómo puedes solicitarla?
  • 2.1 Ayuda social para la pobreza energética. 2.1.1 Bono social para electricidad. 2.1.2 Bono social térmico.
  • 2.2 Ayuda de emergencia social.
  • 2.3 Ayuda social para vivienda.
  • 2.4 Ayuda social para alimentación.

¿Cómo solicitar el cheque nini?

¿Dónde solicitarla? Tienes que solicitar la ayuda nini en la oficina del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) que te corresponda. Para acudir a realizar este trámite tendrás que solicitar una cita previa con el SEPE.

¿Qué requisitos se necesitan para cobrar la ayuda familiar?

Requisitos para cobrar la ayuda familiar

Estar desempleado e inscrito como demandante de empleo. Suscribir el compromiso de actividad. Haber finalizado la prestación por desempleo. Tener responsabilidades familiares: hijos menores de 26 años, cónyuge, o hijos incapacitados (sin importar la edad) que estén a su cargo.

¿Quién tiene derecho a cobrar la RAI?

La Renta Activa de Inserción (RAI) es una ayuda extraordinaria para colectivos con especiales dificultades para integrarse en el mercado laboral: parados de larga duración mayores de 45 años, discapacitados, víctimas de violencia de género o doméstica y emigrantes retornados mayores de 45 años.

¿Cómo saber si tengo derecho a la RAI?

Para tener derecho a la Renta Activa de Inserción (RAI), se han de cumplir los siguientes requisitos: Estar en desempleo e inscrito como demandante. Ser menor de 65 años. No tener ingresos mensuales propios superiores al 75 % del salario mínimo interprofesional (712,50 euros).

¿Cómo saber si puedo cobrar la RAI?

Para recibir la Renta Activa de Inserción (RAI) debe encontrarse necesariamente en una de estas cuatro situaciones:
  1. Parados de larga duración mayores de 45 años.
  2. Emigrantes retornados mayores de 45 años.
  3. Víctimas de violencia de género o doméstica.
  4. Personas con discapacidad igual o superior al 33%

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