¿Quién está obligado a expedir factura?

Preguntado por: Lic. David Baeza Tercero  |  Última actualización: 23 de marzo de 2022
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Establece el art. 2.1 del Reglamento de Facturación que todos los empresarios o profesionales están obligados a expedir factura y copia de esta por las entregas de bienes y prestaciones de servicios que realicen en el desarrollo de su actividad, incluidas las no sujetas y las sujetas pero exentas del Impuesto.

¿Cuando estoy obligado a emitir factura?

¿Quiénes están obligados a expedir factura? Los empresarios y profesionales que entreguen bienes o hayan realizado servicios en el desarrollo de su actividad profesional, o que hayan recibido adelantos por los mismos, así como los sujetos pasivos del IVA en las operaciones de las que sean destinatarios.

¿Quién no está obligado a emitir factura?

Según lo establece el Artículo 616-2 del Estatuto Tributario (ET), no están obligados a expedir facturas los bancos, las corporaciones financieras, las corporaciones para el ahorro y vivienda, las compañías dedicadas al financiamiento comercial ni las empresas que hacen parte del Régimen Simplificado del IVA.

¿Qué empresas no están obligadas a facturar electrónicamente 2021?

De acuerdo con la Resolución 0042 del 05 de mayo de 2020, no están obligados a facturar electrónicamente:
  • Bancos.
  • Corporaciones financieras.
  • Corporaciones de ahorro y vivienda.
  • Compañías de financiamiento comercial.
  • No responsables de IVA.

¿Cuando no sé factura IVA?

Por regla general las personas que no son responsables del Iva no deben expedir factura, de manera que, si el contribuyente vende únicamente productos o servicios excluidos del Iva, no está obligado a facturar, excepto si supera los topes señalados por la ley.

Personas naturales y jurídicas que no están obligadas a expedir factura de venta

22 preguntas relacionadas encontradas

¿Qué actividades están exentos de IVA?

Actividades exentas de IVA
  • Enseñanza y formación. ...
  • Hospitalización y asistencia sanitaria. ...
  • Actividades sociales, culturales y deportivas. ...
  • Servicios artísticos. ...
  • Servicios inmobiliarios. ...
  • Seguros y mediación financiera.

¿Qué conceptos se pueden facturar sin IVA?

Una factura exenta de IVA es un documento de validez legal y fiscal que registra una operación comercial exenta o no sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido IVA. Es importante recordar cuál es el IVA de una factura. Dependiendo del tipo de producto o servicio que se comercializa se debe aplicar un tipo de impuesto.

¿Que está exento de IVA Día sin IVA?

Así las cosas, los productos que no tendrán descuento del IVA serán: alimentos de la canasta familiar, productos de limpieza, artículos de belleza y cuidado personal, muebles y decoración para el hogar, productos para mascotas, ropa de cama, accesorios para vehículos, entre otros que no menciona la Ley 2155 de 2021.

¿Quién si está obligado a hacer facturas electrónicas y quién no?

Las personas naturales o jurídicas que de acuerdo con el Estatuto Tributario tienen la obligación de facturar y opten por expedir factura electrónica. Las personas que no siendo obligadas a facturar de acuerdo con Estatuto Tributario y/o decretos reglamentarios, opten por expedir factura electrónica.

¿Cómo saber si mi empresa debe facturar electronicamente?

¿Quiénes deben facturar electrónicamente? Personas jurídicas que enajenen bienes y/o servicios. Personas naturales que enajenen bienes y/o servicios con ingresos brutos superiores a 3.500 UVT. Personas naturales contratistas del Estado con ingresos brutos superiores a 4.000 UVT.

¿Cómo saber si estoy obligado a factura electrónica?

Los contribuyentes que generaron ingresos menores a 23 UIT deberán emitir facturas electrónicas a partir del 1 abr 2022 y boletas de venta electrónicas a partir del 1 jun 2022.

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