¿Quién declara en el modelo 347?

Preguntado por: José Manuel Vega Hijo  |  Última actualización: 20 de abril de 2025
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Es decir, se informa de aquellos clientes, proveedores o acreedores a los que se les hayan comprado o vendido bienes o servicios por valor superior a los 3.005,06€ durante el año anterior.

¿Quiénes están obligados a presentar el modelo 347?

Por tanto, vas a tener que presentar el Modelo 347 si:
  • Eres una persona trabajadora autónoma y has facturado más de 3.005,06 euros a un mismo cliente sin retención de IRPF.
  • Has recibido facturas de un proveedor por un importe superior a 3.005,06 euros anuales (también sin retención(.

¿Qué importes se declaran en el modelo 347?

Al tratarse de una operación sujeta y no exenta de IVA, a efectos de determinar su inclusión en el modelo 347 se deberá tener en cuenta el importe total de la contraprestación, incluido el impuesto. Si la contraprestación total IVA incluido, es superior a 3005,06 euros, la operación debe declararse en el modelo 347.

¿Qué operaciones se informan en el 347?

El modelo 347 tienen que presentarlo todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), públicas y privadas, que hayan facturado a lo largo del año a un cliente en España operaciones que sumen un total superior a los 3.005,06 euros anuales, sin tener en cuenta las retenciones.

¿Para qué se utiliza el modelo anual 347 y quién debe presentarlo?

El modelo 347 (Declaración Anual de operaciones con terceros), de la Agencia Tributaria es un documento de declaración informativa anual en la que se recoge el total de las operaciones que en su conjunto hayan superado la cifra de 3.005,06 € por parte de empresarios y profesionales respecto a otra persona o entidad.

¿Quién tiene que presentar la declaración anual modelo 347?

44 preguntas relacionadas encontradas

¿Quién tiene la obligación de presentar el modelo 347 para la estimación objetiva?

Las personas en estimación objetiva están exentas de presentar el modelo 347, salvo por las operaciones por las que emitan factura.

¿Cuál es la sanción por no presentar el modelo 347?

La Agencia Tributaria considera la presentación tardía una infracción tributaria que puede derivar en una multa fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos que debías declarar, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

¿Qué facturas no se declaran en el modelo 347?

Las facturas recibidas ni expedidas de arrendamiento de locales con retención, no deben aparecer en el modelo 347. Las retenciones e ingresos a cuenta procedentes del rendimiento del trabajo, de actividades profesionales, de actividades agrícolas y ganaderas y premios, se declaran en el Modelo 190.

¿Qué clientes se declaran en el 347?

En ella, se declaran los terceros con los que se mantiene relaciones comerciales por importe superior a los 3.005,06 € anuales. En las declaraciones informativas, los datos que se recogen suelen ser un resumen de los que ya se han declarado en otras liquidaciones.

¿Qué datos se incluyen en el 347?

Por cantidades percibidas en metálico a efectos del modelo 347, se entenderán sólo las monedas y billetes de curso legal. En el modelo 347 deben incluirse el importe de las subvenciones, ayudas o auxilios (no reintegrables), tanto recibidos como concedidos, siempre que superen los 3.005,06 euros por perceptor.

¿Qué intereses se declaran en el modelo 347?

Las cuotas de leasing y los intereses de préstamos son las operaciones financieras que has de declarar en el modelo 347. Eso sí, los préstamos recibidos se declararán si no son objeto de declaración por entidades de crédito en el modelo 181.

¿Qué significa la clave C en el Modelo 347?

La clave C hace referencia a los cobros de tus clientes siempre que estos sean superiores a 300,51 € en una única operación.

¿Qué significa "operaciones con terceros"?

Qué son las operaciones con terceras personas

La Agencia Tributaria reconoce a las operaciones con terceros como aquellas que, dentro del ámbito de las actividades económicas, se realizan entre autónomos o pymes y otra persona o entidad. Y sí, como todo, también se declaran.

¿Cuando no estás obligado a presentar el 347?

1) La prestación de servicios al cliente español no debe declararse porque el importe de 2.500 euros es inferior al límite establecido de 3.005,06 euros.

¿Qué empresas no tienen que presentar el modelo 347?

Exentos de presentar el Modelo 347 de operaciones con terceros
  • Los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad no se encuentre en España.
  • Quienes hayan realizado operaciones con terceros por un cómputo inferior a 3.005,06 euros anuales.

¿Qué significa la clave B en el modelo 347?

Claves del modelo 347

Clave B: Para las ventas que hayas realizado. Clave C: Para cobros específicos que superen los 300,51 euros. Clave D: Aplica a compras especiales de organismos públicos, no es habitual para todos los autónomos.

¿Qué importes se declaran en el 347?

Quienes realicen actividades empresariales o profesionales deberán declarar todas las personas o entidades con quienes efectúen operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.

¿Qué comunidades de propietarios están obligadas a presentar el modelo 347?

¿Están obligadas las comunidades de propietarios a presentarlo? Sí, las comunidades de propietarios deben presentar el Modelo 347 cuando realicen adquisiciones de bienes y servicios que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros con un mismo proveedor durante el año.

¿Qué significa el error 347 en el modelo 347?

Este aviso indica que en el fichero existen caracteres que la Agencia Tributaria no considera válidos. Por ejemplo, el caracter tilde por sí solo, sin una vocal. Revise todos los Declarados, buscando caracteres "raros", y elimínelos o sustitúyalos por otros.

¿Cuándo se debe presentar la declaración de clientes y proveedores?

Esta obligación la presentan personas morales como físicas donde las personas morales la presentan mensualmente a más tardar el último día del mes siguiente al que corresponda la información y las personas físicas la presentarán de julio a diciembre ya que en el periodo de enero a junio tendrán por cumplida esta ...

¿Quién debe presentar el modelo 347 para el recargo de equivalencia?

Estarán obligados a presentar el modelo 347 los que tributen por el régimen especial de recargo de equivalencia si superan la cantidad de 3.005,06€ en el ejercicio fiscal con algún cliente o proveedor. En caso de no superar los 3.005,06€ con ningún cliente o proveedor, no deberán presentarlo.

¿Cuál es el plazo para presentar el modelo 347?

HASTA EL 28 DE FEBRERO TIENE DE PLAZO PARA PRESENTAR ANTE HACIENDA EL MODELO 347 (“DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS”) Recuerde que el próximo día 28 de febrero de 2025 finaliza el plazo máximo para presentar el modelo 347 “Declaración anual de operaciones con terceras personas” del ejercicio 2024.

¿Qué operaciones no se declaran en el 347?

Las entidades sobre la propiedad horizontal como las comunidades de propietarios no es necesario que declaren las operaciones de consumo de energía eléctrica, combustibles y agua que consuman como comunidad, ni tampoco los seguros que cubran la misma comunidad. No se declararán los autoconsumos internos.

¿Qué facturas se excluyen del 347?

Según establece el artículo 33 del RD 1065/2007 no es necesario incluir en el modelo 347: Aquellas operaciones que no superen a lo largo del año, con cada persona o entidad, la cantidad de 3.005,06 €.

¿Cómo anular el modelo 347?

Para eliminar un declarado del modelo 347, puedes dirigirte a la solapa Impresión > grupo Declaraciones > desplegable del icono I.V.A > opción Modelo 347. En la ventana del Modelo 347, pulsa en Cargar declaración.

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