¿Qué se mete en el modelo 347?

Preguntado por: Dr. Sergio Quesada Segundo  |  Última actualización: 25 de noviembre de 2025
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El Modelo 347 es la declaración de operaciones con terceros. Es un modelo informativo, por lo que no supone el pago o devolución de importe alguno. Este modelo sirve para informar a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06€ durante el ejercicio anterior.

¿Qué operaciones no se declaran en el 347?

Según establece el artículo 33 del RD 1065/2007 no es necesario incluir en el modelo 347: Aquellas operaciones que no superen a lo largo del año, con cada persona o entidad, la cantidad de 3.005,06 €.

¿Qué intereses se declaran en el modelo 347?

Las cuotas de leasing y los intereses de préstamos son las operaciones financieras que has de declarar en el modelo 347. Eso sí, los préstamos recibidos se declararán si no son objeto de declaración por entidades de crédito en el modelo 181.

¿Qué proveedores se declaran en el modelo 347?

El modelo 347 es una declaración anual donde se recogen todas tus operaciones con clientes y proveedores que superen los 3.005,06 euros durante el año, IVA incluido.

¿Quién rellena el modelo 347?

El modelo 347 debe ser presentado por los autónomos que realizan operaciones, a lo largo de un año, por valor superior a 3.005,06€ con proveedores o clientes.

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16 preguntas relacionadas encontradas

¿Qué importe hay que poner en el 347?

Si la contraprestación total IVA incluido, es superior a 3005,06 euros, la operación debe declararse en el modelo 347.

¿Qué datos se incluyen en el modelo 347?

En el modelo 347 deben incluirse el importe de las subvenciones, ayudas o auxilios (no reintegrables), tanto recibidos como concedidos, siempre que superen los 3.005,06 euros por perceptor.

¿Qué es lo que se declara en el modelo 347?

Declaración anual de las operaciones realizadas por los empresarios o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o de débito.

¿Cuál es la sanción por error en el modelo 347?

La Agencia Tributaria considera la presentación tardía una infracción tributaria que puede derivar en una multa fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos que debías declarar, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

¿Cuáles son las operaciones con terceros?

La Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) es aquella cuyo objetivo es informar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) sobre el pago, retención, acreditamiento y traslado del Impuesto al Valor Agregado en las operaciones realizadas con proveedores.

¿Qué pasa si no cuadra el 347?

Según el artículo 198 de la Ley General Tributaria, puede ser sancionado con una multa pecuniaria fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos referidos a una misma persona o entidad que hubiera debido incluirse en la declaración con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.

¿Quién está exento del modelo 347?

Exentos de presentar el Modelo 347 de operaciones con terceros. Los contribuyentes cuyo domicilio fiscal, establecimiento permanente o sede de la actividad no se encuentre en España. Quienes hayan realizado operaciones con terceros por un cómputo inferior a 3.005,06 euros anuales.

¿Qué significa el error 347 en el modelo 347?

Este aviso indica que en el fichero existen caracteres que la Agencia Tributaria no considera válidos. Por ejemplo, el caracter tilde por sí solo, sin una vocal. Revise todos los Declarados, buscando caracteres "raros", y elimínelos o sustitúyalos por otros.

¿Qué facturas entran en el 347?

El modelo 347 tienen que presentarlo todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), públicas y privadas, que hayan facturado a lo largo del año a un cliente en España operaciones que sumen un total superior a los 3.005,06 euros anuales, sin tener en cuenta las retenciones.

¿Qué alquileres se declaran en el 347?

¿Quién está obligado a informar sobe el alquiler en el modelo 347? Es importante tener en cuenta que esta obligación de informar sobre los alquileres en el Modelo 347 solo se aplica a los arrendamientos de bienes inmuebles urbanos, es decir, locales comerciales, naves industriales, oficinas, etc.

¿Cuáles son las operaciones no sujetas por reglas de localización?

Operaciones no sujetas por reglas de localización: son operaciones que no están sujetas a IVA en el país en el que se hace la entrega, porque el adquirente, empresario establecido en la comunidad, se va a llevar las cosas a su país, y será allí donde va a auto repercutirse el impuesto e ingresarlo.

¿Cuáles son las sanciones por errores o incumplimientos en el Modelo 347?

Sanciones por errores o incumplimientos en el Modelo 347

Según el Artículo 198 de la Ley General Tributaria, las multas pueden oscilar entre 300 y 20.000 euros, calculándose a razón de 20 euros por cada dato o conjunto de datos incorrectos o no declarados.

¿Cuándo acaba el modelo 347?

HASTA EL 28 DE FEBRERO TIENE DE PLAZO PARA PRESENTAR ANTE HACIENDA EL MODELO 347 (“DECLARACIÓN DE OPERACIONES CON TERCEROS”) Recuerde que el próximo día 28 de febrero de 2025 finaliza el plazo máximo para presentar el modelo 347 “Declaración anual de operaciones con terceras personas” del ejercicio 2024.

¿Qué sanciones se aplican por errores en las declaraciones?

Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones, se impondrá una multa del 20% al 25% de las contribuciones omitidas.

¿Qué significa la clave C en el Modelo 347?

La clave C hace referencia a los cobros de tus clientes siempre que estos sean superiores a 300,51 € en una única operación.

¿Qué comunidades de propietarios están obligadas a presentar el modelo 347?

¿Están obligadas las comunidades de propietarios a presentarlo? Sí, las comunidades de propietarios deben presentar el Modelo 347 cuando realicen adquisiciones de bienes y servicios que, en su conjunto, superen los 3.005,06 euros con un mismo proveedor durante el año.

¿Quién debe presentar el modelo 347 para el recargo de equivalencia?

Estarán obligados a presentar el modelo 347 los que tributen por el régimen especial de recargo de equivalencia si superan la cantidad de 3.005,06€ en el ejercicio fiscal con algún cliente o proveedor. En caso de no superar los 3.005,06€ con ningún cliente o proveedor, no deberán presentarlo.

¿Qué hay que poner en el 347?

¿Qué es el modelo 347? El modelo 347 es una declaración informativa anual donde se incluyen las operaciones con terceros realizadas en el ejercicio anterior. Más simple: tienes que informar de tus clientes y proveedores por la suma total del año si superan un importe, incluido IVA.

¿Qué no entra en el modelo 347?

No se declararán los autoconsumos internos. Las cuotas a la Seguridad Social y los impuestos municipales ni las indemnizaciones recibidas (cuando no se haya de expedir factura), tampoco se consignarán.

¿Qué importes se declaran en el 347?

Quienes realicen actividades empresariales o profesionales deberán declarar todas las personas o entidades con quienes efectúen operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.

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