¿Qué pasa si no se paga la plusvalía?

Preguntado por: Fernando Olivo  |  Última actualización: 21 de febrero de 2022
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¿Qué pasa si no pago la plusvalía municipal dentro de plazo? ... Tendrá un recargo único del 5% si se presenta en los 3 meses siguientes a haber terminado el plazo. El recargo será del 10% si se presenta después de los 3 meses y antes de cumplir 6 tras de la finalización del plazo.

¿Cuánto tiempo tengo para pagar la plusvalía?

Si se trata de una venta o donación, es decir, de un cambio de titularidad intervivos, en la mayoría de los ayuntamientos, entre ellos los de Madrid (@MADRID) y Barcelona (@barcelona_cat), el plazo de pago es de 30 días hábiles, que empezarán a contar desde la fecha que figure en la correspondiente escritura.

¿Quién está exento de pagar la plusvalía?

Hay otros casos en los que, por su naturaleza, están exentos del pago de la plusvalía municipal, como son: Transmisiones de bienes inmuebles que se encuentren en las zonas delimitadas como patrimonio histórico-artístico o que sean declarados de interés cultural.

¿Qué pasa si no se paga la plusvalía municipal?

¿Qué pasa si declaro la plusvalía municipal y no la pago? En caso de no abonar la cuota de la plusvalía municipal correspondiente, la misma sigue siendo exigible, por lo que se incrementa con recargos de entre el 5% y el 20% e, incluso, intereses de demora.

¿Cuando no pagar plusvalía?

Aunque sea un impuesto de obligado cumplimiento existen algunos casos en los que no se paga la Plusvalía Municipal. Por otro lado, es importante saber que la plusvalía prescribe a los 4 años y 1 mes tras la adquisición por compra o donación. En el caso de defunción el plazo se amplía a 4 años y 6 meses.

Plusvalía municipal: ¿Qué es? ¿Quién y cuando se paga? ¿Ha sido declarada inconstitucional?

30 preguntas relacionadas encontradas

¿Cómo no pagar plusvalía por herencia?

En caso de tener obligación de pagar por el impuesto, una forma de evitar el pago es recurrir al viudo o viuda de la persona fallecida para que herede los bienes por los que hay que tributar.

¿Que hay que presentar para pagar la plusvalía?

¿Dónde se paga la plusvalía?
  1. Pagos directos en las oficinas municipales de Hacienda.
  2. Pagos a través de entidades bancarias o cajas de ahorros.
  3. Pagos a través de internet.

¿Cuántas veces hay que pagar la plusvalía?

En el caso de vender una vivienda heredada deberás pagar la plusvalía dos veces. Y es que el pago te corresponde tanto por heredero como por vendedor.

¿Cómo pagar la plusvalía municipal?

¿Cómo se calcula la plusvalía municipal?
  1. Valor de suelo = X €
  2. Años completos desde que adquiriste la vivienda = Y años.
  3. Incremento por años (ver ordenanza) = Coeficiente regulador x Y años = Z %
  4. Base imponible = X € x Z %
  5. Tipo impositivo (ver ordenanza) = 30 %
  6. Plusvalía (€) = Base Imponible x 30 %

¿Cómo se calcula la plusvalía municipal en una herencia?

El porcentaje de incremento se calcula multiplicando el número de años transcurridos desde la adquisición, por el difunto o causante, del inmueble hasta la herencia, POR un coeficiente que establece cada Ayuntamiento, que no puede exceder del 30%.

¿Cómo se calcula la plusvalía ejemplo?

Ejemplo práctico para calcular el impuesto de plusvalía
  1. (Incremento de valor x años de posesión)/100 = revalorización. (3,5 x 10)/100 = 0,35.
  2. Revalorización x valor catastral = base imponible. 0,35 x 100.000€ = 35.000€

¿Cómo se paga la plusvalia cuando hay varios herederos?

Existen dos formas de abonar la plusvalía: Uno de los herederos se hace cargo del total del impuesto, y luego reclama al resto la parte que le corresponde. Cada heredero se hace cargo de la parte que le corresponde por el porcentaje adjudicado por la herencia.

¿Cuándo se paga la plusvalía por venta de vivienda?

Este tributo se debe abonar en un plazo de 30 días hábiles desde que se vende la vivienda (hay seis meses de plazo en caso de herencia) y hay que acudir al ayuntamiento de la localidad en que esté situada la casa vendida.

¿Qué valor catastral se utiliza para calcular la plusvalía?

Resposta: La plusvalía se paga únicamente por el valor catastral del suelo de los terrenos urbanos. Así, si cogemos un recibo del IBI urbana, veremos que el valor catastral de una finca urbana es la suma del valor del suelo y el valor de la construcción (si hay).

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