¿Que me pueden embargar si no tengo nada a mi nombre en Ecuador?

Preguntado por: Dr. Nuria Segura Hijo  |  Última actualización: 10 de abril de 2022
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¿Me pueden embargar si no tengo nada a mi nombre? La respuesta parece ser No, pues por lógica sencilla, nada le pueden quitar a un deudor que no tiene bienes a su nombre o en propiedad.

¿Que me pueden embargar si no tengo nada a mi nombre?

Como se indicó líneas arriba, el embargo sólo puede recaer sobre la persona responsable de la deuda. Sin embargo, se han dado casos en los que las autoridades ejecutan el embargo sobre bienes que se encuentran en el domicilio indicado, aunque no sean propiedad del inculpado.

¿Qué pasa si no tengo nada que me embarguen?

Según la legislación mexicana, si un acreedor busca recuperar parte de un adeudo con un embargo, en caso de que la persona que dejó de pagar no tenga bienes, no puede aplicarse.

¿Qué pasa si el deudor no tiene bienes para embargar?

En caso de que usted no posea ningún bien inmueble, pero tenga un sueldo fijo le pueden embargar la quinta parte del valor que exceda el salario mínimo mensual. Si el dinero que gana no es superior al mínimo es considerado inembargable, de acuerdo a lo estipulado en el artículo 155 del Código Sustantivo de Trabajo.

¿Cuando no me pueden embargar?

En virtud del Código Sustantivo del Trabajo, la regla general es que el salario mínimo legal es inembargable. Si la persona gana más de un salario mínimo, el excedente sí podrá ser embargado, pero solo hasta en una quinta parte. Por ejemplo, si el deudor devenga un salario de $3.000.

Bienes que no te pueden embargar

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¿Cuáles son las cosas que no se pueden embargar?

Los bienes que quedan exceptuados del embargo, según el artículo 157 del CFF son: el lecho cotidiano y la vestimenta del deudor o de sus familiares. los muebles de uso indispensable para el deudor o su familia, siempre y cuando no sean de lujo a juicio del ejecutor.

¿Cuánto dinero tengo que deber para que me puedan embargar?

Por cualquier cantidad. La ley no establece un mínimo para que a una persona que le deben dinero pueda solicitar el embargo de bienes. Lo que es importante distinguir es que el embargo de bienes debe ser suficiente para cubrir el adeudo, es decir, en su caso no se pueden embargar bienes en exceso.

¿Qué pasa si el deudor ya no vive en el domicilio?

La dirección a embargar es la que esté registrada ante la autoridad, si la persona no vive en el domicilio o se cambió de hogar este cambio debe ser notificado al juez para proceder al embargo.

¿Cómo cobrar un pagaré si el deudor no tiene bienes?

Mediante un juicio ejecutivo mercantil puedes reclamar lo que te deben mas los intereses, si no tiene bienes por el momento puedes solo ingresar la demanda para que cuando le aparezca algun bien le embargues esos bienes.

¿Qué pasa si me demandan y no puedo pagar?

Una vez que te hayan demandado y no tengas como pagar la deuda, a falta de pago, sí pueden embargar tus bienes. Para que esto pase, forzosamente debe existir un juicio mercantil. En caso contrario, no se te podrá embargar nada.

¿Cuántos años deben pasar para que caduque una deuda?

En resumen, en México las deudas prescriben en 10 años, pero esto deja marcas en nuestro historial de crédito.

¿Qué puedo hacer en caso de que me quieren embargar?

La instancia debe presentar una demanda en el juzgado que te corresponde. El juzgado analizará si la demanda procede. De ser así, una persona del juzgado, denominada actuario, realizará una visita a tu domicilio para notificarte sobre la demanda. El actuario te presentará toda la información oficial.

¿Qué se le puede embargar a una persona?

Bienes muebles en general. Automóviles. Joyas y objetos de arte. Bienes raíces.

¿Qué es lo primero que embargan?

Lo primero es el dinero efectivo o las cuentas bancarias que posea la persona que sufre el embargo. Después siguen por los diversos activos financieros que pueda poseer, como las letras de cambio, acciones, fondos de inversión, títulos del Tesoro….

¿Cómo saber si me pueden embargar?

La respuesta es sí, siempre y cuando tengas incumplimiento de pago, es decir: estés atrasado o tu deuda haya caído en mora. Solo así podrán embargarte por una deuda, pero no todos los adeudos pueden ser embargados, comúnmente solo son los créditos más altos como empresariales o hipotecarios.

¿Cómo cobrar un pagaré si no me quieren pagar?

Lo primero que debes hacer para cobrar tu pagaré en caso de vencimiento y negativa de pago, es que tienes que iniciar un Juicio Ejecutivo Mercantil, ya que al interponer la demanda, será cuando el Juez le de entrada a la misma, y se ordenara el emplazamiento, es decir, en la primer notificación que se le hace al ...

¿Cómo me pueden exigir el pago de un pagaré?

La vía para exigir el pago judicial de un pagare es la Mercantil Ejecutiva, llamada así porque trae aparejada ejecución y embargo desde la primera diligencia de notificación a los demandados, con lo cual se busca garantizar con bienes propiedad del deudor o sus avales, los que se embargan de manera precautoria, el pago ...

¿Cómo puedo hacer para que me paguen un pagaré?

Existen dos vías para cobrar un pagaré, la ejecutiva y la ordinaria. La vía ejecutiva, en el caso del pagaré es cuando interpones la demanda dentro de los tres años posteriores a su vencimiento. Cuando intentas demandar fuera de este plazo, tendrás que ejercitar la vía ordinaria.

¿Cómo saber si un domicilio tiene deuda?

Acudir al Registro de la Propiedad

Según el Colegio de Registradores, la información la puede solicitar el posible comprador, el vendedor, la agencia inmobiliaria, o un gestor administrativo. En todo caso, la información registral se tendrá que solicitar antes de entregar una cantidad o de firmar contrato alguno.

¿Cuándo te van a embargar te avisan?

Cuando va a ser embargado es a raíz de un juicio del cual usted debió ser notificado previamente, y además (en caso de que el juez avale el embargo), usted debe ser notificado del propio embargo, explicó Mario Di Costanzo.

¿Qué bienes inmuebles no se pueden embargar?

594, señala cuáles son esos bienes inembargables, dentro de los que se encuentran bienes del presupuesto general de la nación, regalías, depósitos de ahorro (a excepción de los establecidos para el pago de créditos alimentarios que son embargables en un 100%), bienes de uso público, recursos municipales, sumas de ...

¿Qué bienes se pueden embargar y cuáles no?

¿Existen bienes que no se pueden embargar?
  • Bienes imprescindibles para la vida del ejecutado, por ejemplo, alimentos y todo lo que rodea a las necesidades básicas, algún mobiliario de la casa, menaje.
  • Libros e instrumentos necesarios para el trabajo o desempeño de la profesión del deudor.

¿Cómo defenderse de un embargo?

La manera más fácil de evitar un embargo de bienes es reconociendo la deuda y negociar con la institución financiera una manera para saldarla. Si la negociación se ha complicado, otra opción es recurrir a empresas especializadas, mejor conocidas como reparadoras de deudas.

¿Qué pasa con las deudas que no se pagan?

Una vez que la deuda ha sido liquidada, la persona que fungió como aval puede tomar acciones legales contra el deudor, sin embargo, implica un proceso que no garantiza el pago correspondiente. Mito: Solo quien no paga se va al Buró de Crédito. Verdad: Tanto el aval como el deudor se reportan al Buró de Crédito.

¿Qué pasa si tengo una deuda de más de 5 años?

De acuerdo, con un catedrático de la Universidad Libre de Derecho de México, si tu deuda se deriva de un título de valor (cheque o pagaré), el endeudamiento concluirá tras pasar tres años; si ya han pasado más de 5 años desde que entraste en mora, el banco no podrá embargar tus bienes o propiedades para cobrar tu deuda ...

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