¿Qué es un procedimiento administrativo de cobro coactivo?

Preguntado por: Pau Vila  |  Última actualización: 11 de marzo de 2022
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Adm.; Col. Procedimiento que faculta a ciertas entidades para hacer efectivos directamente los créditos a su favor, sin necesidad de acudir a la jurisdicción ordinaria.

¿Qué es el proceso administrativo de cobro coactivo?

Es un procedimiento especial por medio del cual las Entidades Públicas pueden hacer efectivo el recaudo de las deudas fiscales a su favor, a través de sus propias dependencias, sin que medie intervención judicial, adquiriendo la doble calidad de Juez y parte dentro del proceso.

¿Cuándo procede un cobro coactivo?

¿Qué es el procedimiento administrativo de cobro coactivo? Es un procedimiento que busca, mediante diferentes actuaciones, el recaudo de una obligación dineraria a favor de la administración, contenida en un documento que presta mérito ejecutivo, sin que surja la necesidad de acudir a la jurisdicción ordinaria.

¿Qué sigue después del cobro coactivo?

Una vez se reciba de parte del Grupo de Cobro Coactivo el Despacho Comisorio, el funcionario comisionado a partir del recibo del mismo procederá a adelantar la notificación personal del Mandamiento de Pago al ejecutado. notificación por Correo, en los términos del Estatuto Tributario.

¿Cuánto tiempo dura un cobro coactivo?

La prescripción de los comparendos o multas de tránsito en cobro coactivo, es de 3 años, este tiempo se contará a partir de la ocurrencia de los hechos, junto con aquel mandamiento de pago por medio del cual se notifica a la persona deudora o morosa sobre los comparendos o infracciones que debe pagar.

Curso de Procedimientos Administrativos IX 2020 Procedimiento de Cobro Coactivo

17 preguntas relacionadas encontradas

¿Qué pasa si no pago un cobro coactivo?

Qué pasa exactamente en el cobro coactivo

Se libera una orden de pago en contra del infractor para que pague su comparendo correspondiente a la multa de tránsito. Al pasar el tiempo correspondiente y si el infractor sigue sin pagar, se entraría en el proceso de embargo de bienes de la persona morosa.

¿Cómo quitar un cobro coactivo?

¿Cómo eliminar comparendos con cobro coactivo? Si se ha notificado que una multa ha pasado a cobro coactivo, la persona debe pagar lo antes posible la deuda para evitar que se haga efectiva la medida, o firmar un acuerdo de pago donde se dividirá la deuda total en cuotas.

¿Cómo se debe notificar el cobro coactivo?

Serán notificados mediante aviso, con transcripción de la parte resolutiva del acto administrativo, en el portal web. Debe incluir mecanismos de búsqueda por número identificación personal. Debe realizarse en un lugar de acceso al público de la misma entidad.

¿Qué excepciones se pueden proponer en un proceso de cobro coactivo?

las siguientes excepciones:
  • El pago efectivo.
  • La existencia de acuerdo de pago.
  • La de falta de ejecutoria del título.
  • La pérdida de ejecutoria del título por revocación o suspensión. ...
  • La interposición de demandas de restablecimiento del derecho o de. ...
  • La prescripción de la acción de cobro.

¿Qué entidades pueden hacer cobro coactivo?

A partir de la vigencia de la Ley 1066 de 2006, todas las entidades públicas de todos los niveles que tengan que recaudar rentas o caudales públicos, deberán para tal efecto dar aplicación al procedimiento de cobro administrativo coactivo establecido en el Estatuto Tributario.

¿Qué es la etapa coactiva?

ETAPA COACTIVA

En virtud de las normas procedimentales, esta etapa consiste en solicitar del deudor el pago de la obligación de manera obligatoria, la cual inicia con la expedición del mandamiento de pago (orden de pago) que se profiere mediante un acto administrativo.

¿Qué son las excepciones en un proceso de cobro?

Por su parte, el artículo 831 del Estatuto Tributario señala que contra el mandamiento de pago proceden las siguientes excepciones: (i) el pago efectivo; (ii) la existencia de acuerdo de pago; (iii) la falta de ejecutoria del título; (iv) la pérdida de ejecutoria del título por revocación o suspensión provisional del ...

¿Qué es un embargo coactivo?

Embargo en forma de retención: el ejecutor coactivo emite una orden al banco en el que tengas cuenta, y le indica que te retenga y le entrege un monto específico de dinero. Esto significa que no podrás realizar movimientos de tu deposito.

¿Qué es Embargo por jurisdicción coactiva?

La jurisdicción coactiva fue definida como un privilegio exorbitante de la Administración, que consiste en la facultad de cobrar directamente, sin que medie intervención judicial, las deudas a su favor, adquiriendo la doble calidad de juez y parte, cuya justificación se encuentra en la prevalencia del interés general, ...

¿Cómo evitar pagar fotomultas?

Existen personas que no están de acuerdo con pagar sin haber sido notificados antes, ni con la gestión de la empresa que genera estas sanciones, Autottrafic, por lo que han optado por sacar amparos para evitar pagar. Para hacerlo se debe acudir al Juzgado Administrativo con un recurso de amparo.

¿Cómo hago para que me borren un comparendo?

Tener acceso al derecho de pago de la multa, y también saldar el pago con la institución, requiere el aval que demuestre el pago de esa deuda, por ello si requieres borrar un comparendo del Simit, debes esperar el lapso de 15 días hábiles al realizar la solicitud de forma presencial para que se borre.

¿Cuándo caduca un acuerdo de pago?

c. El tercer efecto está previsto en el artículo 817 del Estatuto Tributario Nacional, donde establece que el término de prescripción de la acción de cobro de los títulos ejecutivos es de cinco (5) años contados desde el momento en que las obligaciones se hicieron exigibles.

¿Cuándo se suspende el procedimiento de cobranza coactiva?

Solicitar la suspensión del procedimiento de ejecución coactiva
  1. La deuda haya quedado extinguida o la obligación haya sido cumplida.
  2. La deuda u obligación esté prescrita.
  3. La acción se siga contra persona distinta al Obligado.

¿Qué es proponer excepciones?

Las excepciones previas son alegaciones que puede proponer el demandado para evitar que la demanda prospere, o al menos para demorarla. Las excepciones previas se caracterizan porque su finalidad primordial es atacar el procedimiento, no la cuestión de fondo del litigio o del derecho controvertido.

¿Cuáles son las excepciones de mérito?

Excepción de fondo o de mérito

Son las que apunta a aniquilar el efecto de la pretensión. Con ella el demandado busca evitar su efectividad, acreditando los supuestos de hecho y derecho de su defensa (CGP art. ... Carnelutti[1], la define como la razón del demandado que la opone a la invocada por el demandante.

¿Cuáles son las excepciones de mérito en el proceso ejecutivo?

Excepciones de mérito en el proceso ejecutivo.
  • Compensación.
  • Confusión.
  • Novación.
  • Remisión.
  • Prescripción.
  • Transacción.
  • Perdida de la cosa debida.
  • Nulidad en caso de indebida representación, o cuando ha habido una indebida notificación.

¿Qué diferencia hay entre cobro coactivo y cobro persuasivo?

El cobro persuasivo es el procedimiento que se lleva a cabo antes del proceso de cobro coactivo; es decir, es la etapa previa al cobro coactivo, con el fin de que el deudor pague a la entidad o administración las obligaciones que fueron reconocidas mediante un acto administrativo para que el pago se realice de manera ...

¿Cuáles son los cobros persuasivos?

Es la etapa en la cual se realiza una invitación al deudor para que cumpla con el pago de su obligación voluntariamente. Debe allegar los comprobantes y La Unidad los verificará, para determinar que realizó el pago total o parcial.

¿Cómo se notifica el cobro persuasivo?

Se notifica personalmente al deudor, herederos o deudores solidarios y garantes, previa citación para que comparezcan en un término de diez (10) días; si no comparecen, se notifica por correo. Con el mandamiento de pago se inicia propiamente el proceso administrativo coactivo.

¿Cómo se contesta las excepciones de mérito?

Término para contestar excepciones.

En cuando a las excepciones de mérito, el numeral 1 del artículo 443 del código general del proceso contempla un término de 10 días para que el ejecutante se pronuncie sobre ellas y solicite o presente las pruebas que pretenda hacer valer.

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