¿Cuánto hay que declarar en el 347?
Preguntado por: Aitor Varela Tercero | Última actualización: 25 de septiembre de 2025Puntuación: 4.8/5 (1 valoraciones)
Quienes realicen actividades empresariales o profesionales deberán declarar todas las personas o entidades con quienes efectúen operaciones que en su conjunto para cada una de dichas personas o entidades hayan superado la cifra de 3.005,06 euros durante el año natural correspondiente.
¿Qué cantidades se declaran en el modelo 347?
El modelo 347 de Hacienda lo presentan todas las personas físicas (autónomos) y jurídicas (sociedades), ya sean públicas o privadas, que en su actividad profesional o empresarial facturan operaciones por un importe superior a los 3.005,06 € anuales independientemente de su naturaleza.
¿Qué intereses se declaran en el modelo 347?
Las cuotas de leasing y los intereses de préstamos son las operaciones financieras que has de declarar en el modelo 347. Eso sí, los préstamos recibidos se declararán si no son objeto de declaración por entidades de crédito en el modelo 181.
¿Qué clientes se declaran en el 347?
En ella, se declaran los terceros con los que se mantiene relaciones comerciales por importe superior a los 3.005,06 € anuales. En las declaraciones informativas, los datos que se recogen suelen ser un resumen de los que ya se han declarado en otras liquidaciones.
¿Quién está obligado a declarar el modelo 347?
¿Qué autónomos están obligados a presentar el Modelo 347? Están obligados a informar a la Agencia Tributaria los autónomos que realicen actividades profesionales o empresariales, cuyas operaciones superen, por cada cliente, la cifra de 3.005,06 euros.
¿Quién tiene que presentar la declaración anual modelo 347?
¿Qué operaciones no se declaran en el 347?
Las entidades sobre la propiedad horizontal como las comunidades de propietarios no es necesario que declaren las operaciones de consumo de energía eléctrica, combustibles y agua que consuman como comunidad, ni tampoco los seguros que cubran la misma comunidad. No se declararán los autoconsumos internos.
¿Cuál es la multa por no presentar el modelo 347?
La Agencia Tributaria considera la presentación tardía una infracción tributaria que puede derivar en una multa fija de 20 euros por cada dato o conjunto de datos que debías declarar, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 20.000 euros.
¿Qué hay que poner en el 347?
¿Qué es el modelo 347? El modelo 347 es una declaración informativa anual donde se incluyen las operaciones con terceros realizadas en el ejercicio anterior. Más simple: tienes que informar de tus clientes y proveedores por la suma total del año si superan un importe, incluido IVA.
¿Cuándo se está exento de presentar el modelo 347?
Autónomos y pymes exentos de presentar el modelo 347
Los autónomos inscritos en Redeme (sistema devolución mensual de IVA) o en el suministro inmediato de información (o SII), un sistema para llevar y declarar el IVA mensualmente y que son muy pocos.
¿Qué facturas se excluyen del 347?
Según establece el artículo 33 del RD 1065/2007 no es necesario incluir en el modelo 347: Aquellas operaciones que no superen a lo largo del año, con cada persona o entidad, la cantidad de 3.005,06 €.
¿Qué datos se incluyen en el 347?
Por cantidades percibidas en metálico a efectos del modelo 347, se entenderán sólo las monedas y billetes de curso legal. En el modelo 347 deben incluirse el importe de las subvenciones, ayudas o auxilios (no reintegrables), tanto recibidos como concedidos, siempre que superen los 3.005,06 euros por perceptor.
¿Qué pasa si no cuadra el 347?
Si no cuadra la cifra del modelo 347 deberemos analizar el motivo del descuadre de la cifra. Si se debe a que un cliente registra contablemente una factura en un ejercicio o periodo diferente, cada uno debe reflejar la cifra que tiene en sus libros registros de IVA y no pasa nada.
¿Cuándo se utiliza el modelo 347?
¿Cómo saber si tengo que presentar el modelo 347? Si eres autónomo y vendes a un mismo cliente por un importe superior a los 3.005,06 € al año, entonces debes presentar el modelo 347. También si tienes a un proveedor que te factura más de esa cantidad al año.
¿Cuáles son las sanciones por errores o incumplimientos en el Modelo 347?
Sanciones por errores o incumplimientos en el Modelo 347
Según el Artículo 198 de la Ley General Tributaria, las multas pueden oscilar entre 300 y 20.000 euros, calculándose a razón de 20 euros por cada dato o conjunto de datos incorrectos o no declarados.
¿Qué significa la clave C en el Modelo 347?
La clave C hace referencia a los cobros de tus clientes siempre que estos sean superiores a 300,51 € en una única operación.
¿Qué significa el error 347 en el modelo 347?
Este aviso indica que en el fichero existen caracteres que la Agencia Tributaria no considera válidos. Por ejemplo, el caracter tilde por sí solo, sin una vocal. Revise todos los Declarados, buscando caracteres "raros", y elimínelos o sustitúyalos por otros.
¿Qué importe se pone en el 347?
Al tratarse de una operación sujeta y no exenta de IVA, se deberá tener en cuenta el importe total de la contraprestación, incluido el impuesto. Si la contraprestación total, IVA incluido, es superior a 3005,06 euros, la operación debe declararse en el modelo 347.
¿Qué significa la clave B en el modelo 347?
Claves del modelo 347
Clave B: Para las ventas que hayas realizado. Clave C: Para cobros específicos que superen los 300,51 euros. Clave D: Aplica a compras especiales de organismos públicos, no es habitual para todos los autónomos.
¿Cuál es la diferencia entre el modelo 347 y el 415?
El modelo 415 es el equivalente al modelo 347 para el IVA. La diferencia es que el modelo 415 solo lo presentan aquellos que hacen facturas con IGIC (o las reciben). El modelo 347, tal y como se puede deducir, se presenta en la península y en las Islas Baleares, donde se aplica el IVA.
¿Es necesario declarar los alquileres en el modelo 347?
¿Aún así tengo que declarar el arrendamiento de la vivienda en el modelo 347? La respuesta es sencilla: no es necesario. Si eres el arrendatario en el contrato de alquiler no tienes ninguna obligación de llevar a cabo este trámite, ya que tu domicilio no tiene relación alguna con tu actividad económica.
¿Qué se reporta en el 347?
El Modelo 347 es la declaración de operaciones con terceros. Es un modelo informativo, por lo que no supone el pago o devolución de importe alguno. Este modelo sirve para informar a la Agencia Tributaria Estatal de las operaciones con terceros en las que se hayan superado los 3.005,06€ durante el ejercicio anterior.
¿Quién rellena el modelo 347?
El modelo 347 debe ser presentado por los autónomos que realizan operaciones, a lo largo de un año, por valor superior a 3.005,06€ con proveedores o clientes.
¿Qué pasa si no se presenta el modelo 347?
De acuerdo con el artículo 198.1 de la LGT, existe una infracción tributaria por falta de presentación, con las siguientes implicaciones:. Calificación de la infracción: Leve. Importe de la sanción: 20 Euros x 25 registros = 500 Euros.
¿Cuánto tiempo hay para presentar el modelo 347?
Al ser un resumen anual, el plazo de presentación es febrero del siguiente año.
¿Cómo anular el modelo 347?
Para eliminar un declarado del modelo 347, puedes dirigirte a la solapa Impresión > grupo Declaraciones > desplegable del icono I.V.A > opción Modelo 347. En la ventana del Modelo 347, pulsa en Cargar declaración.
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