¿Cuando me tengo que incorporar después de una baja?

Preguntado por: Ignacio Noriega Segundo  |  Última actualización: 26 de abril de 2022
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Lo primero que hay que indicar es que, en cuanto al plazo de reincorporación, este se debe de realizar al día siguiente de recibir el alta médica. No existe un plazo de gracia, sino que la reincorporación se debe de realizar al día siguiente, sin perjuicio de las opciones que aquí explicamos.

¿Cuándo hay que disfrutar las vacaciones después de una baja?

En todo caso, si la baja es por una causa diferente a las anteriores (por ejemplo, un accidente o enfermedad), podremos disfrutar de las vacaciones una vez nos den el alta de la incapacidad. Y siempre que no pasen más de 18 meses a partir del año en que comenzó.

¿Qué pasa si no me incorporo al trabajo?

Independientemente del motivo por el que un trabajador decida faltar a su puesto de trabajo, la empresa tiene que recibir un justificante que acredite por qué no ha ido a trabajar. De lo contrario podrá poner en práctica 3 consecuencias legales: reducción salarial, sanciones disciplinarias o despido.

¿Qué pasa si falto a mi trabajo sin avisar?

Esto se fundamente en la Ley Federal del Trabajo, en el artículo 47 que indica lo siguiente: “tres faltas sin permiso y no justificadas en un periodo de 30 días, el patrón te puede despedir sin que ello le implique mayor responsabilidad ante la Ley”.

¿Cuántos días se puede estar sin ir al trabajo sin justificar?

Tal y como indica el artículo ya mencionado, la ley no contempla el despido por faltar un día al trabajo. La ley exige para el despido por inasistencia que la falta sea durante dos días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual periodo.

"¿Me pueden despedir estando de BAJA o no?" ¡Te lo resolvemos!

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¿Cuando estoy de baja laboral me cuentan también los fines de semana?

Por tanto, si nuestra incapacidad comienza un lunes, día 1 del mes, el periodo finalizará el día 15, ya que se incluyen también domingos y festivos.

¿Cómo se contabilizan los días de baja laboral?

Del 1 al 3 día, será el 0% de la base reguladora; del 4 al 15 día de baja, el 60% a cargo de la empresa; del 16 al 20 día de baja, el 60% a cargo de la Seguridad Social, y del 21 día de baja en adelante, el 75% de la base reguladora, y será a cargo de la Seguridad Social.

¿Cómo se cuentan las bajas laborales?

¿ Cuánto se cobra estando de baja por EC o ANL?
  1. Del 1r día de baja hasta el 3r día no se cobrará NADA.
  2. Del 4º día de baja al 20º día de baja se cobrará el 60% de la Base Reguladora.
  3. Del 21º hasta el fin de la baja el 75% de la Base Reguladora.

¿Cómo cuentan las incapacidades?

100% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad. De un día hasta el término de 52 semanas, según lo determinen los Servicios Médicos del IMSS. 4 semanas inmediatas anteriores al inicio de la enfermedad. 60% del salario registrado en el IMSS, al inicio de la incapacidad.

¿Cómo se cuentan los 180 días de incapacidad?

Después del tercer día de incapacidad y hasta completar 180 días, la responsabilidad de pago por dicho concepto le corresponde a la Entidad Promotora de Salud (EPS) a la cual esté afilado; ella se hará cargo del pago correspondiente al 66.667% del salario durante los primeros 90 días y para el tiempo restante lo hará ...

¿Cuánto te quitan los 3 primeros días de baja?

durante los tres primeros días no se cobra nada. Del cuarto al vigésimo día se cobra un 60% de la base reguladora y a partir del día 21 y hasta el final de la incapacidad temporal lo que se cobra es el 75% de la base reguladora.

¿Cómo se contabilizan las incapacidades en la nómina?

En este caso, el pago de la incapacidad al empleado no debe contabilizarse como un gasto, sino como una cuenta por cobrar a la EPS, y cuando la EPS reintegre el valor correspondiente a la empresa, se acredita la cuenta por cobrar contra la cuenta de caja o bancos.

¿Cuánto cobras si estás de baja laboral?

Del 4º día al 20º se cobra el 60% de la base reguladora y a partir del día 21º se cobra el 75% de la base reguladora. Si la baja es por contingencias profesionales, se cobra el 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la baja.

¿Cuánto te descuentan por 1 día de baja?

En resumen: De 1º al 3º día: 0. Del 4º al 21º día: 60% de la base reguladora. Del 21º en adelante: 75% de la base reguladora.

¿Que se contabiliza en la cuenta 471?

En esta cuenta 471 "organismos de la seguridad social deudores", se recogen los créditos a favor de la empresa, de los diversos Organismos de la Seguridad Social, relacionados con las prestaciones sociales que ellos efectúan. Cabe destacar que esta cuenta habrá de figurar en el Activo Corriente del Balance.

¿Qué hacer cuando un trabajador falta más de 3 días?

Según este documento, siempre que se tenga más de tres faltas injustificadas en un periodo de treinta días el patrón puede tener una causa suficiente para despedir al trabajador sin necesidad de indemnizarlo con una liquidación, como en el caso de los despidos injustificados.

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