¿Cuándo caducan las vacaciones no disfrutadas por baja laboral?
Preguntado por: Sra. Elena Vélez | Última actualización: 21 de noviembre de 2025Puntuación: 4.1/5 (7 valoraciones)
¿Cuándo caducan las vacaciones no disfrutadas por baja laboral? Aunque las vacaciones no disfrutadas por baja laboral pueden guardarse, existe un límite. Las vacaciones deben ser disfrutadas dentro de los 18 meses siguientes al final del año en que se generaron.
¿Cuánto tiempo se guardan las vacaciones si estás de baja?
¿Cuánto tiempo se guardan las vacaciones si estás de baja? En el contexto de una baja prolongada, las vacaciones no se pierden y el trabajador tiene derecho a disfrutarlas tras su reincorporación al trabajo.
¿Cuándo se pierden las vacaciones después de una baja laboral?
Por lo general, está establecido que las vacaciones no disfrutadas debido a una baja laboral deben tomarse dentro de los 18 meses siguientes al año en que se generaron. Por ejemplo, si un trabajador no pudo disfrutar sus vacaciones de 2024 por estar de baja, tendrá hasta junio de 2026 para tomarlas.
¿Caducan las vacaciones no disfrutadas?
¿Caducan las vacaciones si no se disfrutan en el año natural? La Sentencia del Tribunal Supremo de Justicia de la Unión Europea del 29 de noviembre de 2017 determina que un trabajador no puede perder automáticamente su derecho a disfrutar las vacaciones retribuidas por no haberlas solicitado.
¿Qué pasa si estoy de baja y no he disfrutado las vacaciones?
Según la legislación vigente (art. 38 ET), si el periodo de vacaciones coincide con un periodo de baja médica, el trabajador tiene derecho a recuperar esos días de vacaciones que no se han podido disfrutar por estar de baja, disfrutando de las vacaciones una vez acabada la baja.
¿Puedes reclamar las vacaciones después de 18 meses de baja?
¿Cuándo prescribe las vacaciones?
Caducidad de las vacaciones
El artículo 81 de la LFT establece un período de seis meses después de cumplir un año de servicio para que las empresas otorguen las vacaciones. Si no se toman en este plazo, el trabajador tiene hasta un año adicional para reclamarlas.
¿Cuál es el plazo para reclamar las vacaciones no disfrutadas?
Ten presente que puedes reclamar las vacaciones no disfrutadas desde el año 2004 en adelante. En ese año entró en vigor el artículo 7 de la Directiva Europea que reconoce este derecho. Sin embargo, tienes un plazo de un año desde el momento que se generó la deuda.
¿Cuándo prescriben las vacaciones no disfrutadas por baja médica?
¿Cuándo caducan las vacaciones no disfrutadas por baja laboral? Aunque las vacaciones no disfrutadas por baja laboral pueden guardarse, existe un límite. Las vacaciones deben ser disfrutadas dentro de los 18 meses siguientes al final del año en que se generaron.
¿Cuándo se pierden las vacaciones no disfrutadas?
Por norma general, las vacaciones deben disfrutarse durante el año natural en el que se devengan, por lo que, si no se disfrutan antes del 31 de diciembre, se pierde el derecho a reclamarlas o compensarlas económicamente.
¿Cuánto tiempo se guardan las vacaciones no disfrutadas?
El periodo de vacaciones es de 23 días laborables al año o la parte proporcional de ellas, en caso de no permanecer el año completo en la empresa. Las vacaciones no disfrutadas caducan el 30 de Abril del año posterior al devengo, salvo el convenio estipule lo contrario o sea otro el acuerdo con la empresa.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar mis vacaciones?
Tu derecho a vacaciones se genera cada año dependiendo de la antigüedad que tengas en la empresa y deben concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. En caso de no disfrutarlas, solo podrás reclamar las que correspondan a un año anterior.
¿Cuánto se paga por las vacaciones no disfrutadas?
Esto significa que por cada mes trabajado se acumula un derecho a 2.5 días de vacaciones. Para determinar cuánto se paga por día de vacaciones no disfrutadas, se suman los días de vacaciones no tomados y se multiplican por el salario diario de tu empleado.
¿Qué pasa a los dos años de baja médica?
Sea como fuere, una baja laboral por incapacidad temporal en España no puede durar más de dos años. Al cumplir los dos años de baja, el trabajador recibirá el alta médica u obtendrá el reconocimiento de una incapacidad permanente.
¿Cuándo se pierden las vacaciones después de una baja?
Las vacaciones no se pierden por estar de baja por enfermedad, sino que se activarán nuevamente cuando se obtenga el alta.
¿Cuándo se pierden las vacaciones acumuladas?
Las vacaciones se pierden únicamente cuando no se ejerce el derecho a ellas y ese derecho prescribe.
¿Cuándo se pierde el tiempo de vacaciones?
El trabajador pierde el derecho de tomar vacaciones cuando acumule más de 2 meses. No obstante no pierde el derecho a percibir el importe de las vacaciones. En otras palabras lo que pierde son los meses de descanso pagados por el empleador, que vayan más allá de dos meses.
¿Qué pasa con las vacaciones de años anteriores?
Las vacaciones anuales debes disfrutarlas dentro del año natural en el que las has generado. Es decir, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre. Si te has incorporado a la empresa en el mismo año, deberías disfrutar la parte proporcional de vacaciones que te corresponda por los meses trabajados dentro de ese año.
¿Cómo solicitar vacaciones después de una baja?
La respuesta que especifica el Estatuto, en su artículo 38, es clara: tiene el derecho a recuperar los días no disfrutados. En este caso, el trabajador debe ir al médico, pedir un parte de baja y mandarlo a su empresa.
¿Cuánto tiempo se pueden acumular las vacaciones?
DE LA ACUMULACIÓN DE VACACIONES. Sólo se podrán acumular vacaciones hasta por dos años, siempre que ello obedezca a aplazamiento por necesidades del servicio.
¿Cuánto tiempo tienes para reclamar vacaciones no disfrutadas?
En este caso, el plazo es de un año. El cómputo se inicia desde que la acción pudo ejercitarse (art. 59.2 ET) y es susceptible de interrupción (art. 1.973 CC).
¿Cuándo se caducan las vacaciones?
Las vacaciones deberán concederse dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicios. En caso de no disfrutarlas, el trabajador tiene un año para reclamar su derecho a vacaciones. Las vacaciones no pueden acumularse indefinidamente.
¿Cuándo se pierde el derecho a disfrutar las vacaciones?
El empleado no puede guardar las vacaciones para otro año ni sustituirlas por dinero. Las únicas excepciones donde las vacaciones sí se pueden disfrutar al año siguiente es por estar de baja por incapacidad temporal, por baja de maternidad o paternidad o por motivos internos de la empresa.
¿Cuántos años consecutivos se pueden acumular las vacaciones?
¿Puede el trabajador acumular sus periodos de vacaciones? Sí, puede acumularlos con acuerdo con su empleador, pero sólo hasta por dos períodos consecutivos, debiendo ejercer al menos el primero de éstos, antes de completar el año que le da derecho a un nuevo período.
¿Cuántos meses tiene el trabajador para reclamar sus vacaciones?
4. ¿Puedo tomar mis vacaciones en cualquier momento? El periodo de vacaciones lo debes acordar con tu patrón, sin embargo te las deben conceder dentro de los seis meses siguientes al cumplimiento del año de servicio.
¿Cuándo prescribe la reclamación de vacaciones?
Durante los periodos de suspensión del contrato, los trabajadores siguen devengando vacaciones y tienen derecho a su disfrute posterior. Así pues, la prescripción a los 18 meses desde que acabe el año en el que se originaron se refiere a dicho disfrute, y no a la compensación económica que se produce tras el cese.
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