¿Cuáles son los vicios que pueden generar la nulidad de un contrato?
Preguntado por: Dña Carla Guzmán | Última actualización: 21 de junio de 2025Puntuación: 4.6/5 (71 valoraciones)
Según nuestro Código Civil, que estima en su artículo 12658 las causas que producen la nulidad del consentimiento, estos vicios son cuatro: la intimidación, la violencia, el dolo y el error.
¿Cuáles son los vicios que generan la nulidad de un contrato?
Los vicios del consentimiento se refieren a la falta de voluntad sana o de los actos voluntarios que conducen a la anulabilidad o la nulidad del contrato, cuando falla un acto jurídico determinado. En estos casos, suele recurrirse al error, la violencia, el dolo o la intimidación.
¿Cuáles son las causas de nulidad en un contrato?
Por ello, las causales de nulidad de un negocio jurídico son: (i)incapacidad; (ii) los vicios del consentimiento; (iii) objeto ilícito; y, (iv)causa ilícita.
¿Qué son los vicios de nulidad del contrato?
Este hecho o situación causa que el contrato sea anulable o nulo, según la Doctrina. Como se comentaba, es mediante el error, el dolo, la violencia y la intimidación, lo que se considera como vicios del consentimiento.
¿Cuáles son los 4 vicios del consentimiento?
VICIOS DE CONSENTIMIENTO. El error, el dolo, la intimidación o la violencia, son instituciones del derecho que pueden viciar el consentimiento, o más ampliamente, la voluntad. En todos estos casos el consentimiento existe, sólo que se encuentra viciado, por no haberse emitido inteligentemente.
LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO
¿Cuáles son los 5 vicios de la voluntad?
De manera clásica se catalogan como vicios de la voluntad el error, la mala fe, la violencia y la lesión.
¿Qué dice el artículo 1457 del Código Civil?
La paga hecha por el deudor, a pesar de un embargo o retención judicial, no es válida respecto de los acreedores ejecutantes o demandantes. Pueden éstos, según la naturaleza de sus derechos, obligarle a pagar de nuevo, salvo en este caso su recurso contra el acreedor a quien había pagado.
¿Cuándo procede una nulidad de contrato?
La nulidad del contrato se da por existir algún vicio en el mismo, por parte de alguno de los contratantes. La nulidad del contrato es por falta de idoneidad del acto para que se produzcan los efectos jurídicos deseados en la exteriorización de la voluntad; que se da cuando existe algún vicio en el contrato.
¿Qué es el vicio de nulidad?
Falta de idoneidad del acto para producir los efectos jurídicos pretendidos en su manifestación.
¿Cuáles son las clases de nulidad?
La nulidad es entonces de dos clases: absoluta y relativa. sostiene que en el campo procesal la acción que surge de la nulidad absoluta es la nulidad, mientras que la acción devenida de la nulidad relativa es la rescisión.
¿Cuáles son las causas para anular un contrato?
- Falta de Contraprestación. En términos legales, “contraprestación” se refiere a algo de valor que ambas partes entregan en un contrato y que las induce a celebrar el acuerdo. ...
- Falta de Capacidad. ...
- Estipulación Formal. ...
- Error Mutuo. ...
- Incumplimiento. ...
- Rescisión por Frustración.
¿Qué puede invalidar o anular un contrato?
Causas de Anulabilidad del contrato. Según el art. 1265 CC que dice: “será nulo el consentimiento prestado por error, violencia, intimidación o dolo”. A tales situaciones se les conoce como vicios de la voluntad o vicios del consentimiento[8].
¿Cuándo se puede declarar la nulidad de un contrato?
Art. 1.047. La nulidad absoluta puede y debe ser declarada por el juez, aun sin petición de parte, cuando aparece manifiesta en el acto. Puede alegarse por todos los que tengan interés en hacerlo, excepto el que ha ejecutado el acto, sabiendo o debiendo saber el vicio que lo invalidaba.
¿Cuáles son las causales de nulidad de un contrato?
Art.
El contrato será nulo: 1) Por falta de consentimiento para su formación. 2) Por faltar en el contrato, el objeto o la forma prevista por la Ley como requisito de validez. 3) Por faltar en el objeto del contrato de los requisitos señalados por la Ley.
¿Cuáles son los vicios contractuales?
A este respecto, el artículo 1451 del Código Civil expresa: “los vicios de que puede adolecer el consentimiento, son error, fuerza y dolo”.
¿Qué se considera un vicio oculto?
Los vicios ocultos son defectos en las cosas que afectan a su utilidad y ya están presentes en el momento de la compraventa, pero que no se pueden detectar entonces, y que si el comprador hubiera conocido, no hubiera adquirido el bien, o hubiera pagado un precio inferior por él.
¿Qué son las causas de nulidad?
La nulidad de un acto puede producirse por muchos motivos, entre los cuales podemos mencionar: Ausencia de consentimiento real en un acto jurídico que lo requiera. Incumplimiento de requisitos formales en un acto jurídico que lo requiera. Ausencia de causa que da origen al acto jurídico.
¿Qué son los vicios subsanables?
Gral. Defecto que puede ser reparado o subsanado.
¿Cuáles son las causales de nulidad de un acto jurídico?
Artículo 219.- Causales de nulidad
El acto jurídico es nulo: Cuando falta la manifestación de voluntad del agente. Derogado. Cuando su objeto es física o jurídicamente imposible o cuando sea indeterminable.
¿Quién puede instar la nulidad de un contrato?
La jurisprudencia del Tribunal Supremo establece que cualquier persona con un interés legítimo puede solicitar la nulidad de un contrato, incluyendo tanto a las partes como a terceros afectados.
¿Cuál es la diferencia entre nulidad y anulabilidad?
La nulidad es la imperfección que impide al acto producir sus efectos; y la anulabilidad es la imperfección por vicios de capacidad o de voluntad que originan una acción con éxito se destruye en acto con fuerza retroactiva.
¿Cómo se considera la lesión como un vicio del consentimiento?
La lesión es una institución jurídica que establece que las prestaciones de un contrato podrán modificarse o extinguirse de acuerdo a dos factores: El factor subjetivo: la lesión se considera como un vicio del consentimiento y evita que se realice el contrato en circunstancias similares.
¿Qué dice el artículo 1254 del Código Civil?
5) Art. 1254 del CC y C "El contratista o prestador de servicios puede valerse de terceros para ejecutar el servicio, excepto que de lo estipulado o de la índole de la obligación resulte que fue elegido por sus cualidades para realizarlo personalmente en todo o en parte.
¿Cuáles son los vicios del consentimiento según el Código Civil?
Según el Código Civil, los vicios del consentimiento son el error, la violencia, la intimidación y el dolo. Solo invalida el consentimiento el error esencial, excusable, relevante y existente en el momento de la celebración del contrato.
¿Qué dice el artículo 913 del Código Civil?
El lavado de activos es un delito autónomo, lo que significa que no depende de una sentencia judicial previa que declare la existencia del delito por el cual se obtuvieron originalmente los bienes que se tratan de esconder o lavar.
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